EUROPA
    en Breve
     
    INFORMACIÓN SEMANAL DE LA DELEGACIÓN EN BRUSELAS
    Consejo General de la Abogacía
     
     
     
    Número 271: 8/2005
    Semana del 28 de febrero de 2005
     
    urgente
       
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    en breve ”
     
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    Colegio de Abogados que haya suscrito un Convenio de difusión, contacten con su Colegio
    respectivo para recibirlo directamente
    1
    . Recordamos a nuestros lectores que la presente
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    INDICE DE CONTENIDOS
    (pulse sobre el número de la)Pág.
    FORMACIÓN Y CONSULTAS .................................................................................................
    2
    POLÍTICAS E INSTITUCIONES ..............................................................................................
    2
     
    JUSTICIA E INTERIOR ............................................................................................................ 2
     
    DERECHO DEL CONSUMIDOR .............................................................................................. 5
     
    DERECHO AMBIENTAL ..........................................................................................................
    5
     
    MERCADO INTERIOR .............................................................................................................. 5
     
    LICITACIONES .......................................................................................................................... 6
     
    JURISPRUDENCIA ..................................................................................................................... 7
     
    DIRECCIÓNES ÚTILES DE INTERNET.................................................................................
    8
     
     
    NOTICIA DE LA SEMANA:
     
    NORMAS DE ACCESO A PROFESIÓN EN ITALIA NO INFRINGEN EL TRATADO CE
    El TJCE ha establecido (asunto C­250/03
    Giorgio Emanuele Mauri y Ministero della Giustizia,
    Commissione per gli esami di avvocato presso la Corte d'appello di Milano
    ) que las normas
    sobre la composición del tribunal examinador para el acceso a la profesión de abogado en
    Italia no infringen los principios de libertad de competencia y de establecimiento. El Sr. Mauri,
    que no aprobó el examen para el acceso a la profesión de abogado, interpuso un recurso
    alegando que las normas sobre la composición del tribunal examinador permitían a los
    Colegios proteger los intereses de los que ya ejercen. El TJCE señala que puede considerarse
    que la participación de los abogados responde a una razón imperiosa de interés general, a saber,
    la necesidad de evaluar de la mejor manera posible la aptitud y la capacidad de las personas
    que han de ejercer la profesión de abogado. Esta medida es adecuada, según el Tribunal, para
    garantizar dicho objetivo en el sentido de que los abogados tienen una experiencia profesional que
    los hace especialmente aptos para evaluar a los candidatos en relación con las exigencias
    específicas de su profesión. Tras el asunto Morgenbesser, esta es la segunda manifestación del
    TJCE que refleja el desfase español en la materia.
     
     
     
     
     
    Auto TJCE
    sobre el
    acceso a la
    profesión en
    Italia
     
     
    1
    Ilustres Colegios de Álava, Albacete, Badajoz, Baleares, Burgos, Cádiz, Cantabria, Ciudad Real, Elche, Figueres, Granada, Granollers,
    Guadalajara, Huesca, Jaén, Jerez, Lanzarote, Lleida, Lucena, Málaga, Manresa, Murcia, Ourense, Palencia, Sabadell, Salamanca, Sta.
    Cruz de Tenerife, Talavera de la Reina, Tarragona, Terrassa, Teruel, Valencia, Valladolid, Vic y Zaragoza.
    DELEGACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA
    EUROPA EN BREVE­ 28/02/05 – n°8
    Fax: (32 2) 280.18.95 – E­mail : bruselas@cgae.es
     
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    FORMACIÓN Y CONSULTAS
     
    SEMINARIO SOBRE BLANQUEO DE CAPITALES
      
    La Academia de Derecho Europeo (ERA), con sede en Trier (Alemania), organiza del 19 al 20 de
    mayo de 2005, en Málaga, un seminario en español e inglés, bajo el título: “Blanqueo de capitales
    en Europa: ¿del secreto a la transparencia?. El objetivo de este seminario es analizar la situación
    actual del blanqueo de capitales, clarificando conceptos, atendiendo a los problemas más frecuentes
    y a los nuevos desafíos a los que se enfrenta la regulación. Numerosas iniciativas se han
    establecido para tratar el problema a nivel europeo e internacional ya que no puede aislarse un
    fenómeno, como el blanqueo de capitales, que cuenta con elementos transfronterizos. El seminario
    contará con expertos relevantes en la materia, principalmente, cabe destacar la presencia de
    funcionarios de la Comisión Europea, expertos en la lucha contra el fraude fiscal del Ministerio de
    Hacienda, de la Comisión para la prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias,
    académicos y abogados con experiencia en el tema. Para más información, puede consultar la Web
    de ERA: www.era.int
     
     
    LIBRO VERDE SOBRE LAS SUCESIONES TRANSNACIONALES
      
    La Comisión Europea ha adoptado un Libro Verde sobre las sucesiones transnacionales, que servirá
    de base para una amplia consulta a todas las partes implicadas en las cuestiones que se plantean
    actualmente en relación con las sucesiones en la UE. El Libro Verde aborda asuntos como la
    legislación aplicable, los tribunales competentes o el reconocimiento mutuo de documentos y actos
    extrajudiciales (testamentos, documentos notariales, actos administrativos...). El plazo para la
    presentación de observaciones por los profesionales interesados en la materia a este Libro Verde
    finaliza el 30 de septiembre de 2005.
     
    _____________________________________________
    POLÍTICAS E INSTITUCIONES
     
    PROGRAMA LEGISLATIVO Y DE TRABAJO DE LA COMISIÓN (2005)
     
    El Parlamento Europeo se ha pronunciado sobre el Programa legislativo y de trabajo de la
    Comisión (2005), mostrándose satisfecho por la importancia concedida a la ejecución de la
    Estrategia de Lisboa como medio para generar competitividad en la UE y apoyando las medidas
    previstas. El texto aprobado aborda igualmente la cuestión de la inmigración y pide a los Gobiernos
    nacionales que adviertan a los otros Estados miembros antes de emprender iniciativas unilaterales.
    Asimismo, en la resolución, el Parlamento apoya los procesos de liberalización emprendidos. El
    párrafo que respaldaba la propuesta de directiva de servicios y que consideraba la apertura del
    mercado europeo de servicios como fundamental para mejorar la competitividad fue rechazado.
     
    _____________________________________________________
    JUSTICIA E INTERIOR
     
    CONMEMORACIÓN ATENTADO 11 MARZO. DECLARACIÓN DEL CONSEJO
      
    El Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la UE ha adoptado anticipadamente sus
    conclusiones en relación con la conmemoración del atentado terrorista del 11 de marzo de 2004 en
    Madrid. El Consejo se ha solidarizado con España y ha mostrado su apoyo a las víctimas.
    Asimismo, ha manifestado su deseo de perseverar en la lucha contra el terrorismo sin concesiones
    pero en el respeto de los Derechos Fundamentales.
     
     
     
     
     
     
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    INFORME SOBRE APLICACIÓN ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA
    La Comisión Europea ha presentado un Informe sobre la aplicación de la Decisión Marco del
    Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de
    entrega entre Estados miembros. La Orden europea de detención y entrega entró en vigor el 1 de
    enero de 2004, sustituyendo al proceso de extradición entre los Estados miembros. En la
    actualidad, la Decisión marco se encuentra transpuesta a la legislación nacional de todos los
    Estados miembros, excepto Italia. A fecha de septiembre de 2004, se habían emitido un total de
    2603 órdenes de detención y entrega, detenido a 653 personas y entregado a 104 personas. La
    duración media de ejecución de una solicitud ha pasado de 9 meses a 43 días. La Comisión
    considera esta primera evaluación como provisional y se reserva el derecho de presentar propuestas
    legislativas de modificación de la Decisión marco cuando se disponga de más datos sobre su
    aplicación. El CGAE participó a través de un grupo de expertos en un proyecto europeo
    relacionado con este tema cuyas conclusiones pueden obtenerse en www.cgae.es
    .
     
    RESOLUCIONES MATRIMONIALES. ENTRADA EN VIGOR NUEVO REGLAMENTO
    El Reglamento (CE) n° 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la
    competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y
    de responsabilidad parental, (por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1347/2000) ha entrado en
    vigor el 1 de marzo de 2005. El Reglamento garantiza que los menores puedan mantener contactos
    regulares con ambos progenitores tras una separación, incluso si viven en Estados miembros
    diferentes e impone una obligación estricta de garantizar el retorno del menor. El Reglamento se
    aplica a todos los Estados miembros, excepto Dinamarca, y a las resoluciones judiciales dictadas
    con posterioridad al 1 de marzo de 2005 y como consecuencia de acciones ejercitadas después de
    esta fecha.
     
    EVALUACIÓN DE TRANSPOSICIÓN DE DECISIONES MARCO EN MATERIA PENAL
      
    Los ministros de Justicia e Interior de la UE han mantenido un debate sobre la transposición por los
    Estados miembros de las decisiones marco sobre cooperación policial y judicial en materia penal.
    El "Programa de La Haya” para la consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la UE
    establece que, a fin de facilitar la aplicación plena del principio de reconocimiento mutuo, se
    establecerá un sistema que prevea una evaluación objetiva e imparcial de la aplicación de las
    medidas de la UE en el ámbito de la justicia, dentro del pleno respeto de la independencia del poder
    judicial y en consonancia con todos los mecanismos europeos existentes. El Consejo ha mostrado
    su acuerdo para establecer un mecanismo de evaluación flexible que tenga en cuenta la
    transposición de las decisiones marco pero también su aplicación práctica en los Estados miembros.
     
    EXHORTO EUROPEO DE OBTENCIÓN DE PRUEBAS Y LA DOBLE INCRIMINACIÓN
     
    El Consejo de Justicia e Interior de la UE ha alcanzado un acuerdo general sobre determinados
    aspectos de la Propuesta de Decisión marco relativa al exhorto europeo de obtención de pruebas
    para recabar objetos, documentos y datos destinados a procedimientos en materia penal. Con esta
    propuesta, desaparece la posibilidad de negarse a ejecutar el exhorto europeo de obtención de
    pruebas debido a que el acto en que se basa no constituye un delito conforme al Ordenamiento
    jurídico nacional del Estado requerido (doble incriminación). El Consejo ha alcanzado un acuerdo
    sobre una lista de 32 delitos que, tal y como estén tipificados en la legislación del Estado
    requirente, no estarán sujetos a la verificación de la doble incriminación bajo ninguna
    circunstancia. Asimismo, el Consejo ha aprobado dos textos que siguen este mismo enfoque
    (establecer una lista de delitos no sujetos a doble incriminación): la Decisión marco relativa a la
    aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias y la Decisión marco
    relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso.
     
     
     
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    ESTATUTO DE LA VÍCTIMA EN EL PROCESO PENAL
    El Consejo de la UE ha tomado nota del Proyecto de informe sobre la aplicación de la Decisión
    marco del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal.
    En este informe se expone brevemente la situación en que se encuentra la aplicación de la Decisión
    marco por parte de los 15 Estados que eran miembros antes del 1 de mayo de 2004 así como de los
    10 nuevos Estados miembros. La finalidad de la Decisión marco es establecer y garantizar a las
    víctimas en toda la UE un nivel de protección elevado y equivalente, con independencia del Estado
    miembro en que se encuentren.
     
    LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA XENOFOBIA. FALTA DE ACUERDO
     
    Los ministros de Justicia e Interior de la UE no han logrado alcanzar un acuerdo en relación con la
    propuesta de decisión marco sobre la lucha contra el racismo y la xenofobia, que volverán a debatir
    en su próxima reunión. Hasta la fecha no ha sido posible el acuerdo sobre la propuesta (se requiere
    la unanimidad), si bien en 2003 se estuvo cerca, subsistiendo ciertas dificultades sobre el principio
    de doble incriminación y una reserva general de uno de los Estados miembros. Tras haberse
    decidido en 2003 suspender el examen de la Decisión marco, el Consejo ha retomado el debate,
    vista la importancia que reviste este asunto.
     
    VISADO NACIONALES TERCEROS PAÍSES RESIDENTES ZONAS FRONTERIZAS UE
    La Comisión Europea ha aprobado una propuesta de Reglamento con vistas a establecer un visado
    para el “pequeño tráfico transfronterizo”. Este término designa el cruce regular y frecuente de la
    frontera exterior de la UE por nacionales de terceros países residentes en zonas fronterizas de un
    país vecino, con motivos legítimos que no constituyan una amenaza para la seguridad. El visado,
    que tendrá una validez limitada a la zona fronteriza del Estado que lo expida, permitirá cruzar la
    frontera con este Estado miembro en múltiples ocasiones y por una estancia máxima de siete días
    consecutivos y no superior a los tres meses por semestre. El visado tendrá una validez mínima de
    un año.
     
    INMIGRACIÓN. SISTEMA DE INFORMACIÓN Y ALERTA MUTUA
      
    Los ministros de Justicia e Interior de la UE han acogido favorablemente la propuesta de la
    Presidencia Luxemburguesa de establecer un mecanismo de información mutua y alerta previa
    entre los responsables de las políticas de inmigración y asilo de los Estados miembros sobre las
    decisiones importantes adoptadas por uno o más Estados miembros en este ámbito. La propuesta se
    encuentra relacionada con la decisión adoptada en España sobre la regularización de inmigrantes.
    La Presidencia y la Comisión han redactado una carta destinada a los miembros del Consejo JAI,
    que se encuentra disponible en la siguiente dirección de Internet:
    http://www.eu2005.lu/en/actualites/communiques/2005/02/11schmit­jai/index.html
    (Ver “Europa
    en Breve n° 6/2005).
     
    ATAQUES CONTRA LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
     
    El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión marco relativa a los ataques contra los sistemas de
    información. El objeto de la Decisión marco es reforzar la cooperación entre las autoridades
    judiciales y otras autoridades competentes, incluida la policía y los demás servicios especializados
    de los Estados miembros, mediante la aproximación de su legislación penal en materia de ataques
    contra los sistemas de información. Los Estados miembros establecerán sanciones efectivas,
    proporcionadas y disuasorias para reprimir estos ataques.
     
     
     
     
     
     
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    MEJORA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SCHENGEN
    El Consejo de Justicia e Interior de la UE ha aprobado la Decisión relativa a la introducción de
    nuevas funciones para el Sistema de Información de Schengen (SIS), inclusive en materia de lucha
    contra el terrorismo. La Decisión autoriza el acceso de Europol y a Eurojust a los datos
    introducidos en el SIS. Asimismo, se incrementan los datos disponibles (vehículos, métodos de
    pago), se aligeran los procedimientos de intercambio de información, y se realizan mejoras
    técnicas. Por otro lado, se mejora el control de la protección de datos personales.
     
    _____________________________________________
    DERECHO DEL CONSUMIDOR
     
     
    PRÁCTICAS COMERCIALES DESLEALES
    El Parlamento Europeo ha aprobado, en segunda lectura de codecisión, la Posición Común del
    Consejo con vistas a la adopción de la Directiva relativa a las prácticas comerciales desleales de las
    empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior. La nueva directiva, que
    entrará en vigor dos años después de su publicación, prohíbe las prácticas comerciales desleales y
    define las prácticas comerciales engañosas o agresivas.
     
    ____________________________________________________
    DERECHO AMBIENTAL
     
    SANCIONES POR CONTAMINACIÓN PROCEDENTE DE BUQUES
    El Parlamento Europeo ha aprobado en segunda lectura del procedimiento de consulta la Posición
    Común del Consejo relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de
    sanciones para las infracciones. Como consecuencia del acuerdo, las descargas contaminantes serán
    consideradas infracciones si han sido intencionadas y con imprudencia temeraria o negligencia
    grave. Asimismo, serán consideradas delictivas y sujetas a sanciones penales, de acuerdo con la
    Decisión marco que el Consejo se ha comprometido a adaptar tras este voto y que complementa
    esta directiva. Esa Decisión marco precisa los delitos y sanciones aplicables en caso de infracción
    de las normas contra la contaminación de buques.
     
    _______________________________________________________
    MERCADO INTERIOR
     
    ADMINISTRADORES NO EJECUTIVOS DE EMPRESAS QUE COTIZAN EN BOLSA
    La Recomendación de la Comisión, de 15 de febrero de 2005, relativa al papel de los
    administradores no ejecutivos o supervisores y al de los comités de consejos de administración o de
    supervisión, aplicables a las empresas que cotizan en bolsa, ha sido publicada en el DOUE
     
    (L 52/51
    de 25.2.2005).
     
    Los órganos de administración, gestión o supervisión deben establecer un equilibrio
    total apropiado de administradores ejecutivos/gerentes y no ejecutivos/supervisores para que
    ninguna persona o pequeño grupo de personas domine la toma de decisiones por parte de estos
    órganos. Se invita a los Estados miembros a dar los pasos necesarios para introducir a nivel
    nacional, mediante un planteamiento de «cumplir o explicar» o mediante normas legales, un
    conjunto de disposiciones relativas al papel de los administradores no ejecutivos o supervisores y al
    de los comités de consejos de administración o de supervisión, aplicables a las empresas que
    cotizan en bolsa. Igualmente, el CCBE editará próximamente la segunda edición de sus
    recomendaciones en responsabilidad social corporativa.
     
     
     
     
     
     
     
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    PERMISO DE CONDUCCIÓN
    El Parlamento Europeo ha aprobado, en primera lectura de codecisión, la propuesta de Directiva
    relativa al permiso de conducción. La Directiva prevé la sustitución de los permisos en formato
    papel por un nuevo formato de tarjetas plásticas, similar a las de crédito. El Parlamento ha
    propuesto acelerar el proceso y unificar cuanto antes el nuevo permiso, estableciendo un plazo de
    20 años para la introducción de un único modelo europeo de carné y 10 años para cambiar el
    formato actualmente en vigor. Asimismo, piden que haya un punto central de acceso a la
    información de los permisos en cada país, a través de una "red de permisos de conducción" que
    permitiría a un Estado negar el permiso de conducción a alguien que en otro país haya visto
    retirado o suspendido su derecho a conducir.
      
     
    _______________________________________________________________
    LICITACIONES
     
    BECAS ERASMUS MUNDUS PARA ESTUDIANTES DE TERCEROS PAÍSES
     
    CONVOCATORIA DE PROPUESTAS — DG EAC No EAC/04/05 para la aplicación, en el curso
    académico 2006/2007, de las acciones 1, 2 y 3, y, en el año 2005, de la acción 4 de ERASMUS
    MUNDOS, el programa de acción comunitario para la mejora de la calidad de la enseñanza
    superior y la promoción del entendimiento intercultural mediante la cooperación con terceros
    países. La Comisión seleccionará másters integrados de alta calidad impartidos por un consorcio de
    un mínimo de tres centros de enseñanza superior de al menos tres países participantes y concederá
    becas a estudiantes titulados superiores y académicos de terceros países altamente cualificados para
    cursar o participar en los másters seleccionados. Las solicitudes deberán enviarse a la Comisión no
    más tarde de 31 de mayo de 2005 (másters) y el 28 de febrero de 2006 (becas estudiantes de
    terceros países para cursar el máster).
     
    CONVOCATORIA JUECES DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UE
     
    Convocatoria Pública de Candidaturas para el Nombramiento de Jueces del Tribunal de la Función
    Pública de la Unión Europea. La Presente convocatoria de candidaturas tiene como finalidad la
    designación de siete jueces. Las candidaturas se enviarán a la dirección siguiente: Secretaría
    General del Consejo de la Unión Europea. Convocatoria de candidaturas para el Tribunal de la
    Función Pública. Despacho JL 20 40 GM 23. Rue de la Loi, 175. B­1048 Bruselas. Las
    candidaturas deberán enviarse únicamente por correo certificado, a más tardar, el 15 de abril de
    2005.
     
    UTILIZACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LOS PROYECTOS LEONARDO DA VINCI
      
    Programa Leonardo da Vinci — Segunda fase (2000­2006) — Convocatoria de propuestas
    EAC/92/04 — Concesión de ayudas para conferencias de valorización con vistas a la utilización de
    los resultados de los proyectos Leonardo da Vinci — Aviso de publicación de la convocatoria de
    propuestas en Internet. Los actos propuestos pueden incluir también resultados de proyectos de
    otros programas de la UE relacionados con la educación y la formación profesionales. El plazo de
    envío de las solicitudes a la Comisión finalizará el 3 de mayo de 2005. El texto completo de la
    convocatoria de propuestas y los formularios de solicitud están disponibles en el sitio Web:
    http://europa.eu.int/comm/education/programmes/leonardo/new/valorisation/callevents_en.htm
     
    Si desea obtener más información, diríjase a: eac­unite­c3@cec.eu.int
     
     
     
     
     
     
     
     
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    PARLAMENTO EUROPEO. DIRECTOR. RELACIONES GRUPOS POLÍTICOS
    Parlamento Europeo.
     
    Anuncio de contratación PE/92/S — Director (categoría A*/AD
    14) —
    Relaciones con los grupos políticos. Las funciones del Director son, entre otras, la coordinación de
    los contactos entre el Secretario General y la totalidad de los grupos políticos, en particular en lo
    que se refiere a la dotación administrativa y técnica que les corresponde, y la asistencia al
    Secretario General por lo que se refiere a la totalidad de los servicios que deben prestarse a los
    diputados. Se ruega a los candidatos que dirijan la carta de candidatura a: PARLEMENT
    EUROPEEN. Monsieur le Secrétaire Général. Bâtiment Konrad Adenauer. L­2929 Luxembourg.
    Dicha carta de candidatura deberá ser enviada, por correo certificado, a más tardar el 10 de marzo
    de 2005.
     
     
     
     
     
     
       
    JURISPRUDENCIA
    DEL
    TRIBUNAL DE JUSTICIA
     
     
     
    UN PARTICULAR NO PUEDE ALEGAR ANTE LA JURISDICCIÓN DE UN ESTADO
    MIEMBRO LA INCOMPATIBILIDAD DE UN REGLAMENTO COMUNITARIO CON
    LAS REGLAS DE LA OMC
    El TJCE ha declarado en una sentencia (Asunto C­377/02
    Léon Van Parys NV / Belgisch
    Interventie­ en Restitutiebureau
    ) que un particular no puede alegar ante la jurisdicción de un Estado
    miembro la incompatibilidad de un reglamento comunitario con las reglas de la OMC, incluso
    cuando el propio organismo haya declarado dicho reglamento contrario a las normas de la OMC.
    Un tribunal belga planteó ante el TJCE una cuestión prejudicial sobre si los acuerdos de la OMC
    generan en los particulares un derecho a recurrir a la justicia con vistas a contestar la validez de un
    reglamento comunitario. El TJCE señala que el juez comunitario no tiene potestad para controlar la
    legalidad de las disposiciones comunitarias en relación con las normas de la OMC. Admitir que la
    tarea de garantizar la conformidad del Derecho comunitario con las reglas de la OMC incumbe
    directamente al juez comunitario privaría a los órganos legislativos o ejecutivos de la Comunidad
    de la posibilidad, ofrecida por las reglas de la OMC, de alcanzar una solución negociada.
        
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
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    DELEGACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA
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    DIRECCIONES ÚTILES DE INTERNET
     
    Consejo General de la Abogacía Española: www.cgae.es
     
     
    Portal Genérico
    Europa:
    http://europa.eu.int/index­es.htm
     
    Principales Instituciones
    Parlamento Europeo:
    http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
     
    Comisión Europea:
    http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
     
    Oficina de Representación en España:
    http://europa.eu.int/spain/
    Consejo de la UE:
    http://ue.eu.int/es/summ.htm
     
    Comité Económico y Social:
    http://www.ces.eu.int/
     
    Tribunal de Justicia de las Comunidades:
      
    http://curia.eu.int/es/index.htm
    Defensor del Pueblo Europeo:
    http://www.euro­ombudsman.eu.int/
     
    Tribunal de Cuentas Europeo
    http://www.eca.eu.int/
     
    Comité de las Regiones:
    http://www.cor.eu.int/es/index.htm
     
    Banco Europeo de Inversiones
    http://www.bei.org/
     
    Banco Central Europeo
    http://www.ecb.int/
     
     
    Servicios sobre Derecho Comunitario
    EURLEX:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/es/index.htm
     
    Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea
    :
    http://publications.eu.int/index_es.html
    CELEX
    http://europa.eu.int/celex/
     
    DOUE:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/JOIndex.do?ihmlang=es
     
    SCAD PLUS:
    http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
     
    Tratados Consolidados:
    http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
     
    IDEA, Anuario Electrónico de las Instituciones de la UE
    .:
    http://158.169.50.70/idea/es/index.htm
     
     
    Información sobre licitaciones públicas:
    General:
    http://publications.eu.int/general/tenders_es.html
    Diario Oficial Serie S:
    http://ted.publications.eu.int/official/?&time=
     
    Otras organizaciones profesionales europeas:
    Consejo de Colegios de la Unión Europea (CCBE):
    http://www.ccbe.org
      
    Federación de Colegios de Abogados de Europa (FBE):
    http://www.fbe.org/
      
     
     
    Este boletín lo realiza la
    Delegación en Bruselas del Consejo General de la Abogacía Española
    :
    Julen Fernández Conte y Constanza Anchústegui Resusta (bruselas@cgae.es
    ) en colaboración
    con:
     
    ­ la Délégation des Barreaux de France (email:
    dbf@dbfbruxelles.com
    )
    ­ la Deutscher Anwaltverein (email:
    bruessel@anwaltverein.de
    )
    ­ la Law Society (email:
    Brussels@lawsociety.org.uk
    )
    ­
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    puede dirigirse por correo electrónico
    a sus direcciones. Aquellos titulares que no contengan enlace o fuente, se refieren a noticias realizadas
    en colaboración con otras delegaciones en Bruselas.
    Quedamos a su entera disposición para resolver cualquier duda y agradecemos todas las
    colaboraciones, con el fin de mejorar el formato o contenidos de la presente edición.
    Diseño: Raúl García López
     

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