CORRECCIÓN DE ERRORES
Corrección de errores del Reglamento (CE) n
o
2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que
se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea
(Diario Oficial de la Unión Europea L 311 de 14 de noviembre de 2002)
En la página 5, en el artículo 2, apartado 2, párrafo tercero, primera frase:
donde dice:
«
…
una región que se haya visto afectada por una catástrofe extraordinaria, principalmente de origen natural,
que haya afectado a la mayoría de su población y haya tenido repercusiones graves en las condiciones de vida
y la estabilidad económica de la región.»,
debe decir:
«
…
una región que se haya visto afectada por una catástrofe extraordinaria, principalmente de origen natural,
que haya afectado a la mayoría de su población y haya tenido repercusiones graves y duraderas en las
condiciones de vida y la estabilidad económica de la región.».
Corrección de errores de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de
2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de
comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal)
(Diario Oficial de la Unión Europea L 108 de 24 de abril de 2002)
En la página 58, en el artículo 1, apartado 2:
donde dice:
«2. La presente Directiva establece los derechos de los usuarios finales y las correspondientes obligaciones
de que las empresas proporcionen redes y servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.»,
debe decir:
«2. La presente Directiva establece los derechos de los usuarios finales y las correspondientes obligaciones
de las empresas que proporcionan redes y servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.».
Corrección de errores del Reglamento (CE) n
o
149/2008 de la Comisión, de 29 de enero de 2008, por el que se
modifica el Reglamento (CE) n
o
396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de
los anexos II, III y IV que estipulan límites máximos de residuos para los productos que figuran en el anexo I de
dicho Reglamento
(Diario Oficial de la Unión Europea L 58 de 1 de marzo de 2008)
En la página 29, en el cuadro, en la lista de residuos de plaguicidas, columna 31:
en lugar de:
«Clorfenvinfós»,
léase:
«Clorpirifos».
ES
L 70/24 Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2008