EUROPA
    en Breve
     
    INFORMACIÓN SEMANAL DE LA DELEGACIÓN EN BRUSELAS
    Consejo General de la Abogacía
     
     
     
    Número 268/2005
    Semana del 7 de febrero de 2005
     
    urgente
       
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    en breve ”
     
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    “Europa en breve”
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    Colegio de Abogados que haya suscrito un Convenio de difusión, contacten con su Colegio
    respectivo para recibirlo directamente
    1
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    INDICE DE CONTENIDOS
    (pulse sobre el número de la)Pág.
    CONOCER LA CONSTITUCIÓN EUROPEA .........................………………...……………..
    2
    FORMACIÓN Y CONSULTAS .................................................................................................
    2
     
    JUSTICIA E INTERIOR ............................................................................................................ 3
     
    DERECHO DEL CONSUMIDOR .............................................................................................
    3
     
    DERECHO SOCIAL ................................................................................................................... 3
     
    DERECHO DE LA COMPETENCIA .......................................................................................
    3
     
    MERCADO INTERIOR .............................................................................................................. 4
     
    JURISPRUDENCIA ..................................................................................................................... 5
     
    DIRECCIÓNES ÚTILES DE INTERNET.................................................................................
    6
     
     
    NOTICIA DE LA SEMANA:
     
     
     
    CONFERENCIA DE PRESIDENTES DE LAS ABOGACÍAS EUROPEAS
    Los Presidentes de los Consejos de la Abogacía Europea, reunidos en
    Viena, los días 4 y 5 de febrero de 2005, en el marco de 33° Conferencia
    de Presidentes han aprobado, por unanimidad, una carta abierta a las
    Instituciones comunitarias para solicitar el aplazamiento del debate y la
    aprobación de la tercera directiva sobre blanqueo de capitales. Los
    Presidentes subrayan que no existe ningún análisis de los efectos de la
    segunda directiva, que estaba previsto en su articulado, ni sobre su
    impacto en los Derechos Humanos y las libertades públicas. Asimismo,
    señalan que la transposición de la segunda directiva a las legislaciones
    nacionales se ha realizado de manera muy dispar, sin saberse, hasta el
    momento, qué sistemas resultan más eficaces ni cuales presentan lagunas
    en la protección de los derechos individuales.
     
     
     
     
    Conferencia de
    Presidentes de
    Abogacías Europeas
    en Viena
     
    1
    Ilustres Colegios de Álava, Albacete, Badajoz, Baleares, Burgos, Cádiz, Cantabria, Ciudad Real, Elche, Figueres, Granada, Granollers,
    Guadalajara, Huesca, Jaén, Jerez, Lanzarote, Lleida, Lucena, Málaga, Manresa, Murcia, Ourense, Palencia, Sabadell, Salamanca, Sta.
    Cruz de Tenerife, Talavera de la Reina, Tarragona, Terrassa, Teruel, Valencia, Valladolid, Vic y Zaragoza.
    DELEGACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA
    EUROPA EN BREVE­ 07/02/05 – n°5
    Fax: (32 2) 280.18.95 – E­mail : bruselas@cgae.es
     
    1
     

    ________________________________ CONOCER LA CONSTITUCIÓN EUROPEA
     
    ESLOVENIA RATIFICA LA CONSTITUCIÓN EUROPEA
      
    El pasado 1 de febrero de 2005, el Parlamento de Eslovenia ratificó la Constitución Europea, con
    los votos de 79 de los 83 diputados, oponiéndose cuatro representantes del Partido Nacional
    Esloveno. Con el visto bueno de Eslovenia, son ya tres los Estados miembros de la UE, junto con
    Lituania y Hungría, que han ratificado oficialmente el texto constitucional. Por otro lado, en
    España, el 4 de febrero se inició la campaña para el referéndum sobre la Constitución Europea,
    previsto para el 20 de febrero de 2005.
     
     
    FORMACIÓN Y CONSULTAS
     
    EL IVA EN LOS SERVICIOS A CONSUMIDORES FINALES
      
    La Comisión Europea ha abierto una consulta pública sobre las normas comunitarias sobre el IVA
    aplicables a los servicios prestados a personas que no tiene la condición de sujeto pasivo (o
    consumidores finales). En función de las observaciones presentadas, la Comisión decidirá si
    presenta una propuesta de modificación de las normas actualmente en vigor, que establecen que las
    prestaciones de servicios a personas que no tienen la condición de sujeto pasivo están sujetas al
    IVA en el lugar donde está establecido el proveedor del servicio. Los comentarios pueden enviarse,
    antes del 4 de abril de 2005, a la siguiente dirección de correo electrónico: taxud­d1@cec.eu.int
    .
     
    PROTECCIÓN DE DATOS Y DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
     
    El Grupo de Trabajo sobre protección de datos, creado por la Directiva 95/46/CE, ha abierto dos
    consultas en línea. La primera consulta hace referencia a la protección de datos y la tecnología de
    auto­identificación por radiofrecuencia (RFID), que permite identificar objetos a distancia
    mediante etiquetas electrónicas. La segunda consulta es sobre la protección de datos y los derechos
    de propiedad intelectual, abordando, por una parte, la gestión de los derechos digitales (DRM) y
    por otra, el tratamiento de datos personas en el marco de las investigaciones realizadas a usuarios
    sospechosos de violar los derechos de autor. El plazo para la presentación de observaciones a
    ambas consultas es el 31 de marzo de 2005 en la dirección markt­privacy­consultations@cec.eu.int
    .
     
    ______________________________________________________
    JUSTICIA E INTERIOR
     
    CALIDAD JUSTICIA PENAL Y ARMONIZACIÓN DE LA LEGISLACIÓN PENAL
     
    La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo ha
    aprobado una propuesta de recomendación destinada al Consejo sobre la calidad de la justicia penal
    y la armonización de la legislación penal en los Estados miembros. En el informe, se propone la
    aprobación de una declaración de principios – «Carta de Calidad de la Justicia Penal en Europa» ­
    que rija la evaluación del funcionamiento de los sistemas judiciales en la UE. Asimismo, se solicita
    el establecimiento de un mecanismo de evaluación mutua permanente de la calidad de la justicia
    penal. Por último, se aboga por una armonización mínima indispensable de las legislaciones
    nacionales en ámbitos como los derechos mínimos de los reclusos, la posibilidad del traslado de
    presos para cumplir la pena en el Estado miembro de residencia, o la recogida y evaluación de la
    prueba. En el marco de esta recomendación, la Comisión de Libertades organizó un seminario bajo
    el título “Promover una mayor calidad de la justicia penal en Europa” (Ver “Europa en Breve n°
    2”). La propuesta de Recomendación se votará este mes en sesión plenaria.
     
     
     
     
     
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    INTERCAMBIO INFORMACIÓN DE REGISTROS ANTECEDENTES PENALES
    La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo ha
    aprobado, en el marco del procedimiento de consulta, un informe sobre la propuesta relativa al
    intercambio de la información de los registros de antecedentes penales. El Informe modifica el
    plazo de respuesta (de cinco días en la propuesta inicial), estableciendo que la autoridad central del
    Estado miembro requerido transmitirá su respuesta, inmediatamente y en un plazo que en ningún
    caso podrá superar los 10 días laborables a partir del día de recepción de la solicitud, o en un
    máximo de 48 horas en caso de urgencia. Asimismo, se considera necesario que, en tanto se
    elabora un texto único que proteja el uso de los datos de carácter personal en este ámbito, el texto
    debe contener una referencia a los convenios existentes en materia de protección de datos
    personales. El informe se votará este mes en sesión plenaria.
     
    _____________________________________________
    DERECHO DEL CONSUMIDOR
     
    PROHIBICIÓN DE PRÁCTICAS COMERCIALES DESLEALES
     
    La Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor ha aprobado un informe, en el
    marco de la segunda lectura del procedimiento de codecisión, respecto de la Posición Común del
    Consejo con vistas a la adopción de la Directiva relativa a las prácticas comerciales desleales de las
    empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior. La Directiva prevé una
    prohibición general de las prácticas comerciales desleales y contiene una lista indicativa y no
    exhaustiva de ejemplos generales y específicos de prácticas desleales, con el fin de facilitar su
    interpretación por parte de los jueces nacionales.
     
    __________________________________________________________
    DERECHO SOCIAL
     
    NUEVA PÁGINA DE INTERNET SOBRE EL DIÁLOGO SOCIAL
      
    La Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión
    Europea ha creado una nueva página Web dedicada al diálogo social
    (http://europa.eu.int/comm/employment_social/social_dialogue/
    ). En la Web se puede acceder a
    una serie de documentos clave en este ámbito, como los resultados recientes del diálogo social
    interprofesional (por ejemplo, el segundo informe de seguimiento sobre el marco de acciones para
    el desarrollo de las competencias y cualificaciones a lo largo de toda la vida), las comunicaciones
    de la Comisión y las decisiones del Consejo o los documentos de consulta (por ejemplo, sobre la
    violencia en el trabajo, incluido el acoso moral).
       
    _________________________________________
    DERECHO DE LA COMPETENCIA
     
    DECISIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE AYUDAS A SOCIEDADES EN GIBRALTAR
      
    La Decisión de la Comisión de 30 de marzo de 2004 relativa al régimen de ayudas ejecutado por el
    Reino Unido en favor de sociedades de Gibraltar beneficiarias de tipos impositivos reducidos, ha
    sido publicada en el DOUE (L 29/24 de 2.2.2005). La Comisión concluye que el régimen de
    Gibraltar en materia de sociedades beneficiarias constituye una ayuda estatal en el sentido del
    artículo 87 del Tratado y que no es aplicable ninguna de las excepciones previstas en este artículo
    87. Se considera también que el Reino Unido ha aplicado de forma ilegal el sistema en cuestión.
    Sin embargo, puesto que los beneficiarios del sistema tenían derecho a albergar una confianza
    legítima en la legalidad indudable del mismo, no debe exigirse la recuperación de la ayuda.
     
     
     
     
     
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    COMPENSACIONES POR SERVICIO PÚBLICO EXENTAS DE NOTIFICACIÓN
    La Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo ha aprobado un
    informe sobre las ayudas estatales en forma de compensación por servicio público; El informe
    establece que las compensaciones por servicio público concedidas a las empresas cuyo volumen de
    negocios anual no alcance un total de 50 millones de euros y cuyo importe anual de compensación
    por el servicio en cuestión sea inferior a 15 millones de euros estarán exentas de la obligación de
    notificación. El texto se votará en la próxima sesión plenaria de febrero, en Estrasburgo.
     
    PRIORIDADES EN EL ÁMBITO DE LA COMPETENCIA
     
    La Comisaria Europea de Competencia ha presentado ante los eurodiputados las prioridades fijadas
    en este ámbito para los próximos años. Entre los puntos clave, se encuentran la reforma del
    régimen de ayudas de Estado, garantizar la aplicación efectiva de la nueva legislación sobre
    competencia y fomentar las prácticas competitivas. La Comisaria ha señalado su intención de
    aplicar plenamente la legislación de competencia, fomentando una armonización de esta aplicación,
    implicando a las autoridades nacionales y a los actores del sector privado.
     
    _______________________________________________________
    MERCADO INTERIOR
     
    BLANQUEO DE CAPITALES. GARANTIZAR SECRETO PROFESIONAL ABOGADOS
      
    La Comisión Jurídica del Parlamento Europeo ha examinado las enmiendas presentadas al Proyecto
    de Opinión sobre la propuesta de Directiva relativa a la Prevención de la Utilización del Sistema
    Financiero para el Blanqueo de Capitales, incluida la Financiación del Terrorismo. Varias
    enmiendas a la Opinión presentadas por el eurodiputado español Luis de Grandes van encaminadas
    a preservar el derecho de defensa y el secreto profesional, subrayando la importancia de que todas
    las actuaciones contra el blanqueo de capitales se efectúen en el marco de la protección de los
    Derechos fundamentales. La Comisión parlamentaria de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de
    Interior, designada competente para el fondo, se pronunciará sobre la propuesta de Directiva en
     
    junio de 2005.
     
    CREACIÓN DE GRUPO DE TRABAJO SOBRE DIRECTIVA DE SERVICIOS
      
    El pasado 1 de febrero de 2005, en la reunión de la Comisión de Mercado Interior y Protección del
    Consumidor del Parlamento Europeo, se hizo pública la creación del Grupo de Trabajo sobre la
    Directiva de servicios. El Grupo de Trabajo facilitará el intercambio de información y la
    cooperación entre los grupos políticos del Parlamento Europeo y los eurodiputados concernidos.
    Los aspectos más controvertidos de la propuesta de Directiva de servicios, como la exclusión de su
    campo de aplicación de determinados servicios o el principio del país de origen, serán abordados
    por la comisión parlamentaria propiamente dicha. El Grupo de Trabajo tratará las cuestiones menos
    problemáticas. El informe parlamentario sobre la propuesta de Directiva se votará en comisión en
    abril y en plenaria en junio de 2005.
     
    PATENTABILIDAD DE LAS INVENCIONES IMPLEMENTADAS EN ORDENADOR
     
    La Comisión Jurídica del Parlamento Europeo ha pedido a la Comisión Europea que presente una
    nueva propuesta de Directiva relativa a la patentabilidad de las invenciones implementadas en
    ordenador. En septiembre de 2003, el Parlamento Europeo votó en primera lectura una serie de
    enmiendas, que fueron rechazadas en su mayoría por el Consejo. El Consejo no ha logrado hasta el
    momento aprobar una posición común sobre la propuesta, que sigue bloqueada. La propuesta de
    Directiva armoniza las legislaciones nacionales sobre patentes, en lo que respecta a la
    patentabilidad de las invenciones implementadas en ordenador, y aumenta la transparencia de las
    condiciones de patentabilidad.
     
     
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    RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES
     
    La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo acerca de la Posición Común adoptada
    por el Consejo con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo
    relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, ha sido publicada (COM 2004/0853).
    La Comisión apoya la Posición Común adoptada por el Consejo, que introduce modificaciones que
    se refieren sobre todo, y entre otros asuntos, a la prestación de servicios. La Comisión, aunque
    lamenta que la Posición Común no flexibilice más las condiciones impuestas al prestador de
    servicios, acepta el principio de un control por parte del Estado miembro de acogida. Cabe precisar
    que la propuesta de Directiva no se aplica a las Directivas relativas a la prestación de servicios y al
    establecimiento de abogados pero sí al reconocimiento de los títulos de abogado. La propuesta se
    votará por el Parlamento en segunda lectura de codecisión.
     
     
    JURISPRUDENCIA
    DEL
    TRIBUNAL DE JUSTICIA
     
     
     
    DIRECTIVA DESPIDOS COLECTIVOS. HECHO QUE CONSTITUYE EL DESPIDO
    El TJCE ha establecido en una sentencia (Asunto C­188/03
    Irmtraud Junk y Wolfgang Kühnel
    ) que
    la Directiva 98/59/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que
    se refieren a los despidos colectivos, deben interpretarse en el sentido de que el hecho que vale
    como despido lo constituye la manifestación de la voluntad del empresario de extinguir el contrato
    de trabajo y no la cesación efectiva de la relación laboral al expirar el plazo de preaviso de despido.
    Según los datos del órgano jurisdiccional alemán que plantea la cuestión prejudicial, el término
    «Entlassung» que se utiliza en la versión en lengua alemana de la Directiva remite, en Derecho
    alemán, a la cesación efectiva de la relación laboral y no a la manifestación de la voluntad del
    empresario de poner fin a la relación laboral. El TJCE constata que el artículo 1, apartado 1,
    letra
    a), de la Directiva define el concepto de «despidos colectivos», pero no indica qué es el
    despido ni remite, en relación con este extremo, al Derecho de los Estados miembros. En estas
    circunstancias, precisa el TJCE, el concepto del «despido» al que se refieren los artículos 2 a 4 de
    la Directiva debe ser objeto de una interpretación autónoma y uniforme en el ordenamiento jurídico
    comunitario. Para el TJCE, la notificación al trabajador de la extinción del contrato de trabajo es la
    expresión de una decisión de ruptura de la relación laboral, y la cesación efectiva de dicha relación
    al expirar el plazo de preaviso sólo constituye el efecto de dicha decisión. Asimismo, el TJCE
    señala que los términos empleados por el legislador comunitario indican que las obligaciones de
    consulta y notificación nacen con anterioridad a una decisión del empresario de extinguir los
    contratos de trabajo. El TJCE concluye que el empresario tiene derecho a efectuar los despidos
    colectivos únicamente tras la clausura del procedimiento de consulta previsto en el artículo 2 de la
    Directiva 98/59 y después de la notificación del proyecto de despido colectivo prevista en los
    artículos 3 y 4 de la misma Directiva.
     
     
     
     
     
     
     
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    DIRECCIONES ÚTILES DE INTERNET
     
    Consejo General de la Abogacía Española: www.cgae.es
     
     
    Portal Genérico
    Europa:
    http://europa.eu.int/index­es.htm
     
    Principales Instituciones
    Parlamento Europeo:
    http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
     
    Comisión Europea:
    http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
     
    Oficina de Representación en España:
    http://europa.eu.int/spain/
    Consejo de la UE:
    http://ue.eu.int/es/summ.htm
     
    Comité Económico y Social:
    http://www.ces.eu.int/
     
    Tribunal de Justicia de las Comunidades:
      
    http://curia.eu.int/es/index.htm
    Defensor del Pueblo Europeo:
    http://www.euro­ombudsman.eu.int/
     
    Tribunal de Cuentas Europeo
    http://www.eca.eu.int/
     
    Comité de las Regiones:
    http://www.cor.eu.int/es/index.htm
     
    Banco Europeo de Inversiones
    http://www.bei.org/
     
    Banco Central Europeo
    http://www.ecb.int/
     
     
    Servicios sobre Derecho Comunitario
    EURLEX:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/es/index.htm
     
    Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea
    :
    http://publications.eu.int/index_es.html
    CELEX
    http://europa.eu.int/celex/
     
    DOUE:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/JOIndex.do?ihmlang=es
     
    SCAD PLUS:
    http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
     
    Tratados Consolidados:
    http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
     
    IDEA, Anuario Electrónico de las Instituciones de la UE
    .:
    http://158.169.50.70/idea/es/index.htm
     
     
    Información sobre licitaciones públicas:
    General:
    http://publications.eu.int/general/tenders_es.html
    Diario Oficial Serie S:
    http://ted.publications.eu.int/official/?&time=
     
    Otras organizaciones profesionales europeas:
    Consejo de Colegios de la Unión Europea (CCBE):
    http://www.ccbe.org
      
    Federación de Colegios de Abogados de Europa (FBE):
    http://www.fbe.org/
      
     
     
    Este boletín lo realiza la
    Delegación en Bruselas del Consejo General de la Abogacía Española
    :
    Julen Fernández Conte y Constanza Anchústegui Resusta (bruselas@cgae.es
    ) en colaboración
    con:
     
    ­ la Délégation des Barreaux de France (email:
    dbf@dbfbruxelles.com
    )
    ­ la Deutscher Anwaltverein (email:
    bruessel@anwaltverein.de
    ).
     
    Para obtener una versión del boletín en
    francés
    o
    alemán
    puede dirigirse por correo electrónico a sus
    direcciones. Aquellos titulares que no contengan enlace o fuente, se refieren a noticias realizadas en
    colaboración con otras delegaciones en Bruselas.
     
    Quedamos a su entera disposición para resolver cualquier duda y agradecemos todas las
    colaboraciones, con el fin de mejorar el formato o contenidos de la presente edición.
    Diseño: Raúl García López
     

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