EUROPA
en Breve
INFORMACIÓN SEMANAL DE LA DELEGACIÓN EN BRUSELAS
Consejo General de la Abogacía
Número 274: 11/2005
Semana del 21 de marzo de 2005
urgente
INSCRIPCIÓN A “ Europa
en breve ”
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“Europa en breve”
deberá solicitarlo en la siguiente dirección de correo electrónico:
bruselas@cgae.es
(Precisar el Colegio al que pertenece). Se ruega a los colegiados que pertenezcan a un
Colegio de Abogados que haya suscrito un Convenio de difusión, contacten con su Colegio
respectivo para recibirlo directamente
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. Recordamos a nuestros lectores que la presente
edición es interactiva.
Puede acceder a la fuente de la noticia a través de los títulos.
INDICE DE CONTENIDOS
(pulse sobre el número de la)Pág.
FORMACIÓN Y CONSULTAS .................................................................................................
2
CONSTITUCIÓN EUROPEA ....................................................................................................
3
POLÍTICAS E INSTITUCIONES ..............................................................................................
3
JUSTICIA E INTERIOR ............................................................................................................ 3
DERECHO DE LA COMPETENCIA .......................................................................................
5
DERECHO AMBIENTAL ..........................................................................................................
5
DERECHO SOCIAL ................................................................................................................... 5
MERCADO INTERIOR .............................................................................................................. 6
LICITACIONES .......................................................................................................................... 7
JURISPRUDENCIA ..................................................................................................................... 8
DIRECCIÓNES ÚTILES DE INTERNET.................................................................................
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NOTICIA DE LA SEMANA:
AUDICIÓN TERRORISMO Y CORTE PENAL INTERNACIONAL
El CGAE participó en una audición sobre “El delito de terrorismo: ¿un crimen
competencia de la Corte Penal Internacional?” organizada a iniciativa de la ponente
Rosa Díez por la Comisión de Libertades del Parlamento Europeo. Entre los
conferenciantes, cabe destacar a la Vicepresidenta de la Corte Penal Internacional
(CPI), Odio Benito, quien ya participó en la Conferencia Anual de la Abogacía en
2003, y al Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Fungairiño, que defendió la
ampliación de la competencia de la Corte a los crímenes perpetrados por Jefes de
Estado. Asimismo, intervinieron, entre otros, el comisario europeo de Justicia,
Libertad, y Seguridad Franco Frattrini, el coordinador europeo contra el terrorismo,
Gijs De Vries y dos expertos de Naciones Unidas. Las principales conclusiones
recogen la necesidad de encontrar una definición internacional de terrorismo y de
combatir el terrorismo para defender los Derechos Humanos.
1
Ilustres Colegios de Álava, Albacete, Badajoz, Baleares, Burgos, Cádiz, Cantabria, Ciudad Real, Elche, Figueres, Granada, Granollers,
Guadalajara, Huesca, Jaén, Jerez, Lanzarote, Lleida, Lucena, Málaga, Manresa, Murcia, Ourense, Palencia, Sabadell, Salamanca, Sta.
Cruz de Tenerife, Talavera de la Reina, Tarragona, Terrassa, Teruel, Valencia, Valladolid, Vic y Zaragoza.
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FORMACIÓN Y CONSULTAS
BECAS A JÓVENES ABOGADOS PARA ASISTIR A LA CONFERENCIA DE LA IBA
La International Bar Association (IBA), que
agrupa a más de 160.000 abogados y 180 Colegios y
asociaciones de Abogados, ha publicado una Convocatoria de Becas para los jóvenes abogados que
deseen participar en la próxima conferencia de la IBA, que tendrá lugar en Praga, del 25 al 30 de
septiembre de 2005. La Conferencia, que reunirá a más de 2000 abogados provenientes de más de
90 países, abordará varias cuestiones de interés para la Abogacía y el ejercicio profesional. Los
requisitos para participar en la convocatoria son: tener un máximo de 35 años, estar habilitados
para ejercer como abogado, ejercer en unos de los países incluidos en la Convocatoria como
España, tener un buen nivel escrito y hablado de inglés y acompañar la solicitud de una carta de
apoyo del Colegio de Abogados de origen. Los candidatos admitidos deberán redactar un informe
sobre la Conferencia para la IBA y su Colegio de Abogados, en el plazo de un mes una vez
finalizada la Conferencia. El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 6 de mayo de
2005. Para más información y solicitudes, puede consultar la Web de la IBA http://www.ibanet.org
NORMAS DE COMPETENCIA Y LAS PROFESIONES LIBERALES. CONFERENCIA
La Presidencia Luxemburguesa de la UE organiza, el próximo 3 de mayo de 2005, en Luxemburgo,
un encuentro bajo el título “Jornada Europea de la Competencia: las normas de competencia y las
profesiones liberales”. El programa de la Jornada incluye una mesa redonda sobre “Los abogados:
¿entre el comercio y el acceso a la justicia? El plazo para la inscripción en la Conferencia finaliza
el 1 de abril de 2005. Para más información, puede consultar la siguiente página Web:
http://www.entreprises.public.lu/agenda/2005/05/03_concurrence/index.php
LEGISLACIÓN APLICABLE EN ASUNTOS DE DIVORCIO
El Libro Verde sobre la legislación aplicable y la competencia en asuntos de divorcio (ver “Europa
en Breve n° 10) se encuentra disponible en castellano. El Libro Verde describe los problemas que
pueden surgir en la situación actual en este ámbito y propone varias soluciones posibles. El
documento de trabajo adjunto de la Comisión (únicamente en inglés) facilita información sobre las
normas sustantivas, procesales y de conflicto de leyes en asuntos de divorcio de los Estados
miembros. El plazo para presentar observaciones al Libro Verde finaliza el 30 de septiembre de
2005.
COMPENSACIÓN Y LIQUIDACION EN LA UE
Las respuestas a la segunda consulta organizada por la Comisión Europea sobre la Compensación y
liquidación en la UE, en abril de 2004, se encuentran disponibles en línea. En el documento de
consulta, la Comisión exponía las acciones que tiene intención de emprender para mejorar los
mecanismos de compensación y liquidación. Las respuestas a la consulta muestran un amplio
apoyo a las propuestas de la Comisión, como la adopción de una Directiva sobre la compensación y
la liquidación de valores en la UE.
MERCADOS DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS
La DG Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha publicado un documento de
trabajo sobre la aplicación de los artículos 25 y 58 de la Directiva 2004/39/CE relativa a los
mercados de instrumentos financieros, (por la que se modifican las Directivas
85/611/CEE,
93/6/CEE, 2000/12/CE y se deroga la Directiva 93/22/CEE). Estos artículos hacen referencia a la
obligación de preservar la integridad del mercado, de declarar las operaciones y de llevar un
registro, y al intercambio de información. Las observaciones al documento de trabajo pueden
remitirse, antes del 4 de junio de 2004, a la dirección
MarktG3@cec.eu.int
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_________________________________________________ CONSTITUCIÓN EUROPEA
RESULTADOS EUROBARÓMETRO SOBRE REFERENDUM EN ESPAÑA
En relación con el referéndum español sobre la Constitución Europea, el 33 % de los electores votó
en función de su opinión general sobre la UE y el 26
% en función de su opinión sobre la
Constitución, según la última encuesta Eurobarómetro. Asimismo, una mayoría muy amplia de los
encuestados (89
%) cree que la Constitución reforzará el papel de España en la UE y una
proporción similar (88 %) cree que consolidará la democracia en la UE.
_____________________________________________ POLÍTICAS E INSTITUCIONES
CELEBRACIÓN DE LA CUMBRE EUROPEA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO
Los Jefes de Estado y de Gobierno de la UE se reúnen el 22 y 23 de marzo de 2005 en Bruselas en
el marco del Consejo Europeo. En la agenda del Consejo Europeo, se encuentra la reforma del
pacto de estabilidad y crecimiento, tras el acuerdo obtenido por los ministros de Economía y
Finanzas de la UE, la Estrategia de Lisboa, el desarrollo sostenible y el cambio climático.
CROACIA. POSPUESTO EL INICIO DE NEGOCIACIONES DE ADHESIÓN A LA UE
El Consejo de la UE ha pospuesto la apertura de negociaciones para la adhesión a la UE de
Croacia. El Consejo ha recordado la importancia de una cooperación plena de todos los países de
los Balcanes occidentales con el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY)
señalando que esta cooperación es un requisito esencial para que se inicien con Croacia las
negociaciones de adhesión a la UE.
ACCESO EN LÍNEA A LAS PUBLICACIONES DE LAS INSTITUCIONES EUROPEAS
Un nuevo servicio en línea, “EU Bookshop”, permite a los ciudadanos y las empresas acceder a las
publicaciones de las Instituciones de la UE, con carácter gratuito, y disponibles en varias lenguas.
Asimismo, previa solicitud por Internet, pueden recibirse por correo postal dentro de las 48 horas.
_____________________________________________________
JUSTICIA E INTERIOR
RED SOBRE INMIGRACIÓN, INTEGRACIÓN Y COHESIÓN SOCIAL
La Red sobre Inmigración, Integración y Cohesión Social (IMISCOE), financiada por la Comisión
Europea a través del Sexto Programa Marco de Investigación, y que reúne a cerca de 300
investigadores de la UE, realiza relevantes estudios comparativos en este ámbito. En su página
Web http://www.imiscoe.org
se puede encontrar el calendario de conferencias y seminarios
previstos, las últimas publicaciones y más información sobre la Red de investigadores.
RED EN INTERNET DE INFORMACIÓN SOBRE INMIGRACIÓN IRREGULAR
El Consejo de la UE ha adoptado la Decisión por la que se crea en Internet una red segura de
información y coordinación para los Servicios de gestión de la inmigración de los Estados
miembros. La red permite el intercambio de información sobre inmigración irregular, la entrada y
la inmigración ilegales y la repatriación de residentes ilegales. Los Estados miembros deberán
tomar las medidas de seguridad necesarias para impedir que cualquier persona no autorizada tenga
acceso a la red, garantizar que, al utilizar la red, las personas autorizadas tengan acceso solamente a
los datos que sean de su competencia; y evitar que personas no autorizadas lean, copien,
modifiquen o borren la información contenida en la red.
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CONSIDERACIÓN DE CONDENA PRONUNCIADA EN OTRO ESTADO MIEMBRO
La Comisión Europea ha presentado una propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la
consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea
con motivo de un nuevo proceso penal. El Libro Blanco, publicado el 25 de enero de 2005, relativo
al intercambio de información sobre las condenas penales y sus efectos en la UE, definía los dos
ejes de actuación futura de la UE: mejorar la circulación de la información y garantizar que las
condenas puedan surtir efectos fuera del Estado miembro de condena. El primer aspecto será objeto
de una propuesta de decisión relativa a la creación de un sistema informatizado de intercambio
sobre las condenas penales que la Comisión se propone presentar en el primer semestre de 2005. La
actual propuesta, referida al segundo aspecto, define las condiciones en las que una condena
pronunciada en otro Estado miembro debe considerarse en el marco de un nuevo proceso penal
relativo a hechos diferentes.
RECONOCIMIENTO MUTUO DE SANCIONES PECUNIARIAS
La Decisión marco 2005/214/JAI del Consejo, de 24 de febrero de 2005, relativa a la aplicación del
principio de reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias, ha sido publicada en el DOUE (L
76/16 de 22.3.2005).
El principio del reconocimiento mutuo debe aplicarse a las sanciones
pecuniarias impuestas por las autoridades judiciales y administrativas, con el fin de facilitar la
aplicación de dichas sanciones en un Estado miembro distinto de aquel en que se impusieron. La
Decisión marco establece una lista de infracciones que, siempre que el Estado de emisión las
castigue, darán lugar a reconocimiento y ejecución de resoluciones según lo dispuesto en la
Decisión marco, sin control de la doble tipificación del hecho.
DECOMISO DE PRODUCTOS Y BIENES RELACIONADOS CON EL DELITO
La Decisión marco 2005/212/JAI del Consejo de 24 de febrero de 2005 relativa al decomiso de los
productos, instrumentos y bienes relacionados con el delito, ha sido publicada en el DOUE (L
68/49 de 15.3.2005). La finalidad de la Decisión marco es garantizar que todos los Estados
miembros dispongan de normas efectivas que regulen el decomiso de los productos del delito, en
particular en relación con la carga de la prueba sobre el origen de los bienes que posea una persona
condenada por una infracción relacionada con la delincuencia organizada. La Decisión marco
dispone que cada Estado miembro adoptará las medidas necesarias para poder proceder al
decomiso, total o parcial, de los instrumentos y productos de infracciones penales que lleven
aparejadas penas privativas de libertad de duración superior a un año, o de bienes cuyo valor
corresponda a tales productos. El plazo de transposición de la Decisión marco finaliza el 15 de
marzo de 2007.
NUEVA UNIDAD PROTECCIÓN DATOS EN DG JUSTICIA, LIBERTAD Y SEGURIDAD
La DG Justicia, Libertad y Seguridad de la Comisión Europea cuenta con una nueva Unidad
responsable de la protección de datos. Las cuestiones relacionadas con la protección de datos han
sido transferidas de la DG de Mercado Interior a la DG Justicia, Libertad y Seguridad. Una de las
primeras actuaciones de la nueva Unidad será la preparación de una propuesta de Directiva sobre
retención de datos electrónicos, con especial referencia a las comunicaciones a través de Internet y
de teléfonos móviles.
NORMAS PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EUROJUST
Las Normas del Reglamento interno de Eurojust relativas al tratamiento y a la protección de datos
personales (texto adoptado por unanimidad por el Colegio de Eurojust en su reunión del 21 de
octubre de 2004 y aprobado por el Consejo el 24 de febrero de 2005), han sido publicadas en el
DOUE (C 68/1 de 19.3.2005). El texto incluye disposiciones sobre las Condiciones de legitimidad
del tratamiento de datos personales, el derecho de información del interesado, la Seguridad de los
datos, y los plazos de conservación de los datos personales.
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ATAQUES CONTRA LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
La Decisión marco 2005/222/JAI del Consejo, de 24 de febrero de 2005, relativa a los ataques
contra los sistemas de información, ha sido publicada en el DOUE (L 69/67 de 16.3.2005). La
Decisión marco establece una definición común de “sistemas de información” y “datos
informáticos”, fija los elementos constitutivos de las infracciones penales, y establece sanciones
más severas cuando un ataque contra un sistema de información se cometa en el marco de una
organización delictiva. El plazo de transposición de la Decisión marco finaliza el 16 de marzo de
2007.
NUEVAS FUNCIONES PARA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SCHENGEN
La Decisión 2005/211/JAI del Consejo de 24 de febrero de 2005 relativa a la introducción de
nuevas funciones para el Sistema de Información de Schengen, inclusive en materia de lucha contra
el terrorismo, ha sido publicada en el DOUE (L 68/44 de 15.3.2005). La Decisión introduce la
posibilidad de acceso a determinados tipos de datos introducidos en el SIS para autoridades como
Europol y los miembros nacionales de Eurojust, la ampliación de las categorías de objetos perdidos
de los que puede introducirse una descripción, y el acceso al registro de transmisiones de datos de
carácter personal.
_________________________________________
DERECHO DE LA COMPETENCIA
TRANSPARENCIA FINANCIERA EMPRESAS PÚBLICAS. DENUNCIA A ESPAÑA
La Comisión Europea ha enviado a España (y Portugal) un dictamen motivado para que apliquen
íntegramente a nivel nacional la Directiva relativa a la transparencia de las relaciones financieras
entre los Estados miembros y las empresas públicas (2000/52/CE), por la que se modifica la
Directiva 80/723/CE. El dictamen motivado constituye la segunda etapa del procedimiento de
infracción de conformidad con el artículo 226 del Tratado CE. Si España y Portugal no toman las
medidas necesarias para atenerse al dictamen motivado en el plazo de dos meses a partir de la
recepción del mismo, la Comisión puede denunciar a estos dos Estados miembros ante el TJCE.
____________________________________________________
DERECHO AMBIENTAL
CONVENIO AARHUS. MANDATO NEGOCIACIÓN SOBRE OGM PARA COMISIÓN
El Consejo de la UE ha adoptado una Decisión que otorga un mandato de negociación a la
Comisión con vistas a la preparación de la segunda reunión del Convenio sobre el Acceso a la
Información, la Participación del público en la toma de decisiones y el Acceso a la Justicia en
Asuntos Ambientales (Convenio de Aarhus), prevista en Almaty, Kazajstán, del 25 al 27 de mayo
de 2005. El mandato autoriza a la Comisión a negociar una eventual enmienda sobre los
organismos genéticamente modificados (OGM).
__________________________________________________________
DERECHO SOCIAL
DESEMPLEADOS QUE BUSCAN EMPLEO EN OTRO ESTADO MIEMBRO
La Decisión n
o
199, de 13
de
octubre de 2004, relativa a los modelos de formularios necesarios
para la aplicación de los Reglamentos (CEE) n
o
1408/71 y (CEE) n
o
574/72 del Consejo (serie
E 300), ha sido publicada en el DOUE (L 73/1 de 18.3.2005). La Decisión contiene formularios
relacionados con la concesión de las prestaciones de desempleo en caso de trabajadores que se
desplazan dentro de la UE, como la certificación relativa a los periodos computables para la
concesión de las prestaciones por desempleo. Asimismo, contiene indicaciones para los
trabajadores desempleados que tienen intención de trasladarse a otro Estado miembro para buscar
empleo.
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INSTITUTO EUROPEO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO
La Comisión Europea ha publicado la propuesta de Reglamento por el que se crea un Instituto
Europeo de la Igualdad de Género. El Instituto ayudará a las Instituciones Europeas y a los Estados
miembros a promover la igualdad entre hombres y mujeres y a luchar contra la discriminación
basada en el sexo. Se prevé que el Instituto estará operativo en 2007.
_______________________________________________________ MERCADO INTERIOR
PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA
La Comisión Europea ha presentado una propuesta de Reglamento por el que se establece un
proceso europeo de escasa cuantía. El Reglamento tiene por objetivo simplificar, acelerar y
abaratar los litigios de escasa cuantía. El texto establece, entre otras disposiciones, que las partes no
tienen obligación de estar representadas por un abogado. Asimismo, cuando se trate de una persona
física no representada por un abogado, la parte condenada no estará obligada a rembolsar los gastos
de representación por un abogado de la parte contraria. Los litigantes podrán recurrir al proceso
europeo de escasa cuantía como alternativa a los procesos previstos por la legislación de los
Estados miembros. El Reglamento se aplicará a los asuntos civiles y mercantiles, cualquiera que
sea la naturaleza de la jurisdicción o tribunal, cuando el valor total de una demanda pecuniaria o no
pecuniaria, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los 2.000 euros en el momento de
iniciarse el proceso.
MEJORAR LA NORMATIVA SOBRE EMPRESAS
La Comisión Europea pretende mejorar la calidad del marco reglamentario a fin de estimular el
crecimiento de la economía y las empresas de la UE. El paquete “Mejorar la normativa”,
presentado por la Comisión, busca disminuir las cargas administrativas, combatir el exceso de
reglamentación y encontrar un buen equilibrio entre el coste y las ventajas de la normativa
legislativa.
MODIFICACIONES EN LA DIRECTIVA IVA
La Comisión Europea ha presentado una Propuesta de Directiva del Consejo (por la que se
modifica la Directiva 77/388/CEE) en lo relativo a determinadas medidas de simplificación del
procedimiento de aplicación del impuesto sobre el valor añadido y de contribución a la lucha contra
la evasión y el fraude fiscales y por la que se derogan determinadas Decisiones destinadas a la
concesión de excepciones. A fin de combatir el fraude y la evasión fiscales y simplificar el
procedimiento de aplicación del IVA, resulta conveniente que todos los Estados miembros puedan
acogerse a determinadas excepciones solicitadas por Estados miembros concretos.
GIBRALTAR PAGOS INTERESES SOCIEDADES. DENUNCIA A REINO UNIDO
La Comisión Europea ha enviado al Reino Unido un dictamen motivado en relación con las
medidas adoptadas por ese país para la aplicación en Gibraltar de la Directiva 2003/49/CE del
Consejo, de 3 de junio de 2003, relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de
intereses y cánones efectuados entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros. Esta
Directiva debía comenzar a aplicarse en todos los Estados miembros no después del 1 de enero de
2004. El dictamen motivado es la segunda fase del procedimiento de infracción previsto en el
Tratado (artículo 226). En caso de que el Reino Unido no notifique la información requerida dentro
de los dos meses siguientes a la recepción del dictamen, la Comisión podrá denunciar a Reino
Unido ante el TJCE.
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LIBERALIZAR MERCADO GAS Y ELECTRICIDAD. DENUNCIA A ESPAÑA
La Comisión Europea ha enviado un dictamen motivado, segunda etapa del procedimiento de
infracción, a España (junto a Alemania, Bélgica, Estonia, Irlanda, Lituania, Letonia, Suecia,
Grecia, y Luxemburgo) por no haber incorporado a su ordenamiento nacional las Directivas
relativas al mercado interior de la electricidad y del gas. En la práctica, esta directivas permiten
que, a partir del 1 de enero de 2004, los clientes industriales y, a partir del 1 de julio de 2007, los
particulares, tengan libertad de elección de proveedor.
_______________________________________________________________
LICITACIONES
MEDIDAS LEGISLATIVAS NACIONALES EN MATERIA DE DISCRIMINACIÓN
BBruselas: Estudio de correlación sobre las medidas legislativas nacionales en materia de
discriminación por motivos de sexo, religión o creencias, minusvalía, edad u orientación sexual en
ámbitos no relacionados con el empleo y la ocupación, así como impacto de dichas legislaciones.
(Ref. 2005/S 54051496. Anuncio de contrato. Servicios.
El propósito principal del contrato
consiste en proporcionar a la Comisión información independiente y con autoridad sobre las
medidas nacionales tomadas para combatir la discriminación en ámbitos no relacionados con el
empleo y la ocupación y en los campos donde no se ha introducido ningún tipo de legislación
comunitaria, a saber: protección social (seguridad social incluida), ventajas sociales, educación, así
como acceso a bienes y servicios, y suministro de los mismos. También deberá examinar la
aplicación y el impacto de la legislación contra la discriminación. Fecha límite de recepción de las
ofertas/solicitudes de participación: 10/05/2005.
MEDIOS ALTERNATIVOS REPARACIÓN PERJUICIOS CONSUMIDORES
BBruselas: Análisis y evaluación de los medios alternativos de reparación de los perjuicios
sufridos por los consumidores distintos de la reparación por vía judicial ordinaria (Ref. 2005/S 55
052558). Anuncio de información previa.
Servicios. El alcance del análisis deberá comprender
todos los medios de reparación de los perjuicios sufridos por los consumidores; en particular, los
procedimientos en casos de reclamos menores, los sistemas extrajudiciales, acciones colectivas y
demandas de grupo. Se excluye la reparación individual a través de la vía judicial ordinaria. Más
información: Sancob5@cec.eu.int
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JURISPRUDENCIA
DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA
PRÁCTICAS ACCESO ABOGACÍA EN OTRO ESTADO MIEMBRO. REEMBOLSO
El TJCE ha dictado sentencia en el Asunto C109/04
Karl Robert Kranemann contra Land
NordrheinWestfalen,
estableciendo que el artículo 48 del Tratado CE se opone a una disposición
nacional que, en el supuesto de una persona que ha efectuado una actividad real y efectiva en un
Estado miembro distinto de su Estado miembro de origen en el marco de unas prácticas jurídicas
preparatorias para el acceso a la Abogacía, solamente concede el reembolso de sus gastos de viaje
en la cuantía correspondiente a la parte del trayecto realizada en el territorio nacional, cuando prevé
que, de haberse efectuado tal actividad en dicho territorio, se habría reembolsado la totalidad de los
gastos de viaje. El TJCE considera a esta persona que realiza prácticas en otro Estado miembro
como un trabajador en el sentido del artículo 48 del Tratado. En Alemania, si bien los funcionarios
en prácticas que se encuentran en un lugar de trabajo situado en el territorio alemán tienen derecho
al reembolso de la totalidad de los gastos de viaje cualquiera que sea la distancia entre su domicilio
y el lugar de las prácticas, aquellos que hayan escogido realizar una parte de sus prácticas en otro
Estado miembro deben soportar la parte de los gastos de viaje correspondiente a los trayectos
efectuados fuera del territorio alemán. Para el TJCE, estas reglas constituyen un obstáculo al
derecho a la libre circulación de los trabajadores. El TJCE precisa que una medida que puede
obstaculizar la libre circulación de los trabajadores solamente puede admitirse si persigue un
objetivo legítimo compatible con el Tratado y se justifica por razones imperiosas de interés general.
Asimismo, es necesario que su aplicación sea adecuada para garantizar la realización del objetivo
que persigue y no vaya más allá de lo que es necesario para alcanzar dicho objetivo. Para el TJCE,
los motivos de carácter meramente económico no entran dentro de esta categoría.
NO APLICACIÓN PRINCIPIO NON BIS IN IDEM EN CASO DE ARCHIVO DE CAUSA
El TJCE ha dictado sentencia en el asunto C469/03
Filomeno Mario Miraglia
,
estableciendo que
el principio
non bis in idem
no se aplica a una decisión de las autoridades judiciales de un Estado
miembro de archivar un asunto después de que el ministerio fiscal haya decidido no proseguir la
acción penal debido únicamente a que se han iniciado actuaciones penales en otro Estado miembro
contra el mismo imputado y por los mismos hechos, sin que exista apreciación alguna en cuanto al
fondo. El Tribunale di Bologna acordó el procesamiento del Sr. Miraglia por organizar el transporte
a Bolonia desde los Países Bajos de sustancias estupefacientes. Paralelamente, y por los mismos
hechos delictivos, se había iniciado un procedimiento penal contra el Sr. Miraglia ante las
autoridades judiciales neerlandesas. El ministerio fiscal neerlandés no ejercitó la acción penal
contra el imputado, debido a que en Italia se habían iniciado actuaciones penales por los mismos
hechos. El principio non bis in ídem recoge que una persona que haya sido juzgada en sentencia
firme en un Estado miembro no puede ser perseguida por los mismos hechos en otro Estado
miembro. Para el TJCE, la aplicación del principio non bis in ídem al asunto de referencia llevaría
a que las autoridades judiciales de un Estado miembro adoptaran la decisión de archivo sin que
existiera apreciación alguna del comportamiento ilícito atribuido al imputado y por otro lado, la
incoación de un procedimiento penal en otro Estado miembro por los mismos hechos se vería
obstaculizada a pesar de que estas actuaciones penales son las que justificaron la renuncia al
ejercicio de la acción penal por parte del ministerio fiscal del primer Estado miembro. Para el
TJCE, esto es contrario a la finalidad del Tratado UE de «mantener y desarrollar la Unión como un
espacio de libertad, seguridad y justicia, en el que esté garantizada la libre circulación de personas
conjuntamente con medidas adecuadas respecto […] [a] la prevención y la lucha contra la
delincuencia».
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DIRECCIONES ÚTILES DE INTERNET
Consejo General de la Abogacía Española: www.cgae.es
Portal Genérico
Europa:
http://europa.eu.int/indexes.htm
Principales Instituciones
Parlamento Europeo:
http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
Comisión Europea:
http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
Oficina de Representación en España:
http://europa.eu.int/spain/
Consejo de la UE:
http://ue.eu.int/es/summ.htm
Comité Económico y Social:
http://www.ces.eu.int/
Tribunal de Justicia de las Comunidades:
http://curia.eu.int/es/index.htm
Defensor del Pueblo Europeo:
http://www.euroombudsman.eu.int/
Tribunal de Cuentas Europeo
http://www.eca.eu.int/
Comité de las Regiones:
http://www.cor.eu.int/es/index.htm
Banco Europeo de Inversiones
http://www.bei.org/
Banco Central Europeo
http://www.ecb.int/
Servicios sobre Derecho Comunitario
EURLEX:
http://europa.eu.int/eurlex/lex/es/index.htm
Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea
:
http://publications.eu.int/index_es.html
CELEX
http://europa.eu.int/celex/
DOUE:
http://europa.eu.int/eurlex/lex/JOIndex.do?ihmlang=es
SCAD PLUS:
http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
Tratados Consolidados:
http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
IDEA, Anuario Electrónico de las Instituciones de la UE
.:
http://158.169.50.70/idea/es/index.htm
Información sobre licitaciones públicas:
General:
http://publications.eu.int/general/tenders_es.html
Diario Oficial Serie S:
http://ted.publications.eu.int/official/
Otras organizaciones profesionales europeas:
Consejo de Colegios de la Unión Europea (CCBE):
http://www.ccbe.org
Federación de Colegios de Abogados de Europa (FBE):
http://www.fbe.org/
Este boletín lo realiza la
Delegación en Bruselas del Consejo General de la Abogacía Española
:
Julen Fernández Conte y Constanza Anchústegui Resusta (bruselas@cgae.es
) en colaboración
con:
la Délégation des Barreaux de France (email:
dbf@dbfbruxelles.com
)
la Deutscher Anwaltverein (email:
bruessel@anwaltverein.de
)
la Law Society (email:
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Diseño: Raúl García López
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