EUROPA
    en Breve
     
    INFORMACIÓN SEMANAL DE LA DELEGACIÓN EN BRUSELAS
    Consejo General de la Abogacía
     
     
     
    Número 311: 05/2006
    Semana del 13 de febrero de 2006
     
    ;
     
    urgente
      
     
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    deberá solicitarlo en la siguiente dirección de correo electrónico:
    bruselas@cgae.es
     
    (Precisar el Colegio al que pertenece). Se ruega a los colegiados que pertenezcan a un
    Colegio de Abogados que haya suscrito un Convenio de difusión, contacten con su Colegio
    respectivo para recibirlo directamente
    1
    . Recordamos a nuestros lectores que la presente
    edición es interactiva.
     
    Puede acceder a la fuente de la noticia a través de los títulos.
     
    INDICE DE CONTENIDOS
    (pulse sobre el número de la)Pág.
    FORMACIÓN Y CONSULTAS .................................................................................................
    2
    JUSTICIA E INTERIOR ............................................................................................................ 2
     
    DERECHO DE LA COMPETENCIA .......................................................................................
    2
     
    DERECHO SOCIAL .................................................................................................................... 3
     
    MERCADO INTERIOR .............................................................................................................. 4
     
    DERECHO AMBIENTAL ..........................................................................................................
     
    5
     
    LICITACIONES .......................................................................................................................... 6
     
    JURISPRUDENCIA .................................................................................................................... 7
     
    DIRECCIÓNES ÚTILES DE INTERNET.................................................................................
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    NOTICIA DE LA SEMANA:
     
     
    CELEBRACION SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT ­ REUNION FBE
    El Colegio de Abogados de Barcelona celebró a lo largo de la semana la festividad
    de San Raimundo de Peñafort. Coincidiendo con la celebración, se organizaron
    diversos actos entre los que destacaron las “Trobades” de la FBE (Federación de los
    Colegios de Abogados de Europa, que reúne a numerosos Colegios de Abogados)
    sobre el tema “La relación laboral de los abogados en el ámbito internacional”, que
    fueron inauguradas por la Decana de Barcelona Silvia Giménez­Salinas y en la cual
    intervinieron Eugenio Gay Montalvo, quien fue condecorado por el Ministro de
    Justicia con la Gran Cruz de San Raimundo durante la Sesión solemne, Ramón
    Mullerat, ex Presidente de CCBE y numerosos Decanos y Presidentes. Los
    intervinientes expusieron la situación sobre este tema de enorme actualidad en
    diversos países europeos y en Norteamérica. Igualmente, tuvieron lugar numerosos
    actos colegiales y festivos y el sábado por la mañana se reunieron las comisiones de
    trabajo de la Federación de los Colegios de Abogados de Europea. Más información
    en www.fbe.org o www.icab.es
     
     
     
     
     
     
     
    1
    Ilustres Colegios de Álava, Albacete, Badajoz, Baleares, Barcelona, Burgos, Cádiz, Cantabria, Ciudad Real, Elche, Figueres, Granada,
    Granollers, Guadalajara, Huesca, Jaén, Jerez, Lanzarote, Lleida, Lucena, Málaga, Manresa, Murcia, Ourense, Palencia, Sabadell,
    Salamanca, Sta. Cruz de Tenerife, Talavera de la Reina, Tarragona, Terrassa, Teruel, Valencia, Valladolid, Vizcaya y Zaragoza.
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    Fax: (32 2) 280.18.95 – E­mail : bruselas@cgae.es
     
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    FORMACIÓN Y CONSULTAS
     
    ORDEN DE DETENCIÓN Y ENTREGA EUROPEA
    La Delegación del CGAE ha participado el lunes 13 de febrero de 2006 en un seminario organizado
    por el
    Centre for European Policy Studies
    que tuvo lugar en Bruselas bajo el título“La Orden
    europea de detención y entrega. Desafíos constitucionales”. En la conferencia se realizó un
    exhaustivo análisis de la Orden europea de detención y entrega a la luz de las legislaciones de
    algunos Estados miembros, como Francia, Alemania, Polonia o España, y se estudiaron los
    problemas prácticos que plantea en cada uno de ellos. De igual modo, se expuso la postura de la
    Comisión Europea al respecto y se llevó a examen su relación con la Ley de Extradición
    Internacional y con el trabajo acometido por Eurojust en la materia.
     
    _____________________________________________________
    JUSTICIA E INTERIOR
     
    LA EUROCÁMARA APRUEBA UN INFORME SOBRE CLAUSULA D°s HUMANOS
       
    El Parlamento Europeo, reunido en sesión plenaria en Estrasburgo, ha aprobado un informe a
    iniciativa de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre la cláusula sobre derechos humanos y
    democracia en los acuerdos de la Unión Europea, en el que los diputados consideran que ha llegado
    el momento de hacer balance sobre la aplicación de la cláusula sobre derechos humanos y examinar
    la manera en que puede ser mejorada. Asimismo, señalan que no están dispuestos a dar su dictamen
    favorable a ningún nuevo acuerdo internacional que no contenga una cláusula sobre los derechos
    humanos y democracia. En este sentido, el Informe aboga por la elaboración de un nuevo texto que
    perfeccione la actual formulación de la cláusula teniendo en cuenta varios principios. Entre ellos,
    cabe destacar la aplicación de políticas en favor de la igualdad de sexos, los derechos de las
    mujeres, la lucha para combatir toda discriminación basada en la orientación sexual o relativa a los
    derechos de las personas con discapacidad así como el acceso a la justicia.
     
     
    DERECHO DE LA COMPETENCIA
     
    VÍA LIBRE PARA ADQUISICIÓN CONJUNTA DE ERDEMIR POR ARCELOR Y OYAK
     
    La Dirección General de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, en virtud del
    Reglamento (CE) 139/2004 sobre el control de las concentraciones entre empresas (“Reglamento
    comunitario de concentraciones”) el proyecto de adquisición conjunta de la sociedad turca Erdemir,
    el mayor productor de acero turco, por parte de Arcelor, sociedad siderurgica europea con sede en
    Luxemburgo, y del fondo de pensiones de las Fuerzas Armadas (“Oyak”), tras constatar que la
    operación no obstaculizará de forma significativa la competencia en el Espacio Económico
    Europeo (EEE) ni en ninguna parte sustancial del mismo. La investigación llevada a cabo por el
    Ejecutivo comunitario ha llegado a la conclusión de que las actividades de Arcelor y Erdemir se
    solapan "de forma mínima" en algunos mercados de productos planos y alargados de acero al
    carbono y de acero eléctrico y, de forma más importante, en los mercados de productos planos de
    acero al carbono. No obstante, las exportaciones de productos planos de acero al carbono de
    Erdemir hacia los países del espacio económico europeo son insignificantes, y por ello la operación
    implicará la suma de cuotas de mercado muy limitadas. Además, en estos mercados siguen estando
    presentes rivales importantes.
     
    FINALIZA INVESTIGACIÓN SOBRE CD­R PHILIPS
     
    La Dirección General de Competencia de la Comisión Europea ha decidido poner fin a la
    investigación sobre los programas de concesión de licencias de discos compactos grabables (CD­R)
    de Philips en Europa, después de que la empresa informara a la Comisión Europea de las
    modificaciones realizadas para que otras empresas pudiesen acceder a su tecnología. La Comisión
    Europea abrió una investigación en 2003 tras la denuncia de la Federación de Partes Interesadas
    por la Competencia Justa en el sector de los Medios Ópticos (FIPCOM), una asociación de
    fabricantes europeos de CDs vírgenes. La demanda alegaba que las condiciones para la concesión
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    de licencias de CDs vírgenes de Philips incumplían las disposiciones del Tratado CE relativas a las
    prácticas comerciales restrictivas (artículo 81) y de abuso de posición dominante (artículo 82). La
    empresa revisó estos programas para garantizar que toda la información necesaria sobre la
    tecnología en cuestión estuviese disponible y que los programas se gestionaran de forma leal y no
    discriminatoria. A la vista de las mejoras introducidas, y dado que FIPCOM retiró su denuncia a
    raíz de una serie de negociaciones que llevaron a la solución del litigio, la Comisión Europea ha
    decidido cerrar el caso. La Comisión Europea pretende seguir de cerca las concentraciones de
    grupos tecnológicos nuevos o ya existentes para garantizar que las normas aplicadas sean
    conformes a las reglas comunitarias de la competencia.
     
    LUZ VERDE AL PROYECTO DE ADQUISICIÓN DE EADS POR MBDA
     
    La Dirección General de Competencia de la Comisión Europea ha autorizado, en virtud del
    Reglamento (CE) 139/2004 sobre el control de las concentraciones entre empresas (“Reglamento
    comunitario de concentraciones”) el proyecto de compra de las actividades de la filial alemana
    EADS Deutschland
    en el sector de los misiles tácticos por parte de MBDA, una empresa común
    constituida entre las empresas del sector de la
    EADS
    (Francia­Alemania),
    BAE Systems
    (Reino
    Unido) y
    Fimmeccanica
    (Italia), al constatar que la operación no obstaculiza la competencia en el
    Espacio Económico Europeo (EEE) ni en ninguna parte sustancial del mismo. La investigación
    llevada a cabo por la Comisión Europea ha puesto de relieve que los solapamientos entre las
    empresas son escasos y ha confirmado que, tras la operación, continuará existiendo un número
    suficiente de rivales viables, tanto en el mercado alemán como en el resto del mundo. Además, se
    considera que los compradores (esencialmente Ministerios del Interior) son suficientemente
    poderosos para contrarrestar cualquier intento de comportamiento anticompetitivo de la nueva
    compañía.
     
     
    DERECHO SOCIAL
     
    REFORMAR PENSIONES ANTE EL ENVEJECIMIENTO DE LA POBLACIÓN
     
    La Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros de la Comisión Europea y el Comité
    de Política Económica de la Unión Europea han presentado un informe en el que se exige a los
    Estados miembros de la UE acelerar las reformas en sus sistemas de pensiones para hacer frente al
    aumento de costes derivado del envejecimiento de la población, ya que de lo contrario se verá en
    riesgo la sostenibilidad del gastos público. Según algunas las proyecciones que se desprenden de
    este informe, en 2050, la población en edad de trabajar (15 a 64 años) en la UE se reducirá en 48
    millones de personas, es decir un 16%. En el mismo periodo, la población de más de 65 años
    registrará un aumento neto de 58 millones de personas (un 77% más). El crecimiento medio anual
    potencial del PIB en la UE pasará del 2,4% en el periodo 2004­2010 al 1,9% en 2011­2030 y sólo
    al 1,2% entre 2031 y 2050 y el gasto público, especialmente en pensiones y sanidad, aumentará
    unos cuatro puntos porcentuales entre 2005 y 2050. Este estudio será objeto de debate por los
    ministros de economía de la UE.
     
    INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS MINORÍAS ÉTNICAS EN LA UE
     
    La Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión
    Europea, en el contexto de la Estrategia marco comunitaria para la no discriminación y la igualdad
    de oportunidades para todos, ha encargado a un grupo de expertos, entre los que se encuentra el
    Director Gerente de la Fundación Luis Vives, José Manuel Fresno, la realización de un estudio
    sobre la integración de las minorías étnicas más desfavorecidas residentes en el territorio de la
    Unión Europea en la sociedad y en el mercado laboral. Este grupo presentará sus conclusiones, en
    forma de recomendaciones específicas de cara a hacer frente a los problemas de exclusión, antes de
    finales del próximo año 2007.
     
    FOMENTAR EL ESPIRITU EMPRESARIAL EN ESCUELAS Y UNIVERSIDADES
     
    La Dirección General de Enseñanza, Formación, Cultura y Multilingüismo y la Dirección General
    de Empresa e Industria de la Comisión Europea han presentado de manera conjunta una serie de
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    recomendaciones en aras a fomentar el espíritu de empresa en todos los ciclos educativos con el
    objetivo de animar a los jóvenes a convertirse en empresarios de cara a preservar el actual sistema
    social. Entre las medidas propuestas destacan la creación, en las escuelas, de miniempresas
    gestionadas por estudiantes, la coordinación de los diferentes servicios de las administraciones
    locales y regionales para establecer una serie de objetivos en este campo, que el espíritu
    empresarial figure explícitamente en los programas educativos en todas los niveles como objetivo
    del sistema educativo, que, tanto los profesores como las escuelas, reciban el apoyo necesario para
    poder integrar el espíritu empresarial en sus programas y que se refuercen los vínculos entre los
    centros docentes y las empresas. Por lo que se refiere la enseñanza universitaria, la Comisión
    Europea propone se integre el espíritu empresarial en los diferentes cursos, especialmente en las
    ramas científicas y técnicas, y aboga por la creación de redes de intercambio de buenas prácticas y
    por fomentar la movilidad de los profesores entre el mundo universitario y el de los negocios, así
    como la participación de las empresas en la enseñanza.
     
     
    MERCADO INTERIOR
     
    DEBATE Y VOTACIÓN DIRECTIVA DE SERVICIOS EN ESTRASBURGO.
     
    Entre los principales asuntos del período de Sesión Plenaria que se desarrolla durante esta semana
    en el seno del Parlamento Europeo en Estrasburgo destaca el debate y votación de la propuesta de
    Directiva de Servicios en el Mercado Interior que tendrá lugar el martes y el jueves
    respectivamente. Esta semana, el Parlamento Europeo se pronunciará sobre la directiva que
    persigue eliminar obstáculos a la prestación de servicios entre Estados miembros. Tras un debate el
    martes por la tarde, los diputados habrán de votar más de 400 enmiendas presentada por la
    Comisión de Mercado Interior del Parlamento Europeo que buscan un mejor equilibrio entre la
    libre competencia y los derechos de los trabajadores, refuerzan los aspectos sociales, aceptan con
    matices el principio de país de origen y amplían la gama de excepciones, a saber, aquellos servicios
    que no estarán cubiertos por la directiva. A este respecto, el Presidente del Consejo de la Abogacía
    ha dirigido hoy una carta a los eurodiputados españoles solicitando que apoyen las dos enmiendas
    (una específica relativa a los servicios jurídicos y otra relativa a las actividades reguladas por
    normativa sectorial) que promueven la no inclusión de la Abogacía en el ámbito de aplicación de la
    Directiva al considerar que sus objetivos se encuentran cubiertos por el amplio
    acquis
    comunitario
    de la profesión.
     
    LOS EFECTOS DE LA GLOBALIZACIÓN EN EL MERCADO INTERIOR
     
    El Parlamento Europeo, reunido en sesión plenaria en Estrasburgo, ha aprobado un informe de
    iniciativa presentado por la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor sobre los
    efectos de la globalización en el mercado interior relativo los desafíos y oportunidades que ofrece
    la globalización y en el que celebra que varios países de la Unión Europea ya hayan abierto sus
    mercados laborales a los ciudadanos de los nuevos Estados miembros y pide que aquéllos que aún
    mantienen restricciones a este respecto eliminen las barreras que impiden la libre circulación de
    trabajadores.
     
     
    IMPACTO POSITIVO LIBRE CIRCULACIÓN TRABAJADORES DESDE AMPLIACIÓN
     
    La Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión
    Europea ha publicado un informe que presenta estadísticas y experiencias de flujos de trabajadores
    de los nuevos a los antiguos Estados miembros de la UE desde la ampliación de ésta en mayo de
    2004. Tiene como objetivo proporcionar a los Estados miembros unos datos que les sirvan de base
    a la hora de decidir si prorrogan las restricciones en sus mercados de trabajo nacionales a la
    circulación de los trabajadores. Las estadísticas que contiene el informe reflejan que la movilidad
    de los trabajadores desde los Estados miembros de la UE de Europa central y oriental a la EU 15 ha
    tenido principalmente efectos positivos. Los trabajadores de la EU 10 han contribuido a mitigar las
    carencias de mano de obra del mercado de trabajo así como a unos mejores resultados económicos
    en Europa. Los países que no han aplicado restricciones después de mayo de 2004 (Reino Unido,
    Irlanda y Suecia) han experimentado un elevado crecimiento económico, una reducción del
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    desempleo y un incremento del empleo. En cuanto a los 12 países de la UE que recurrieron a
    disposiciones transitorias, en los casos en que los trabajadores consiguieron acceder legalmente se
    integraron sin problemas en el mercado de trabajo. No obstante, existen datos que sugieren que
    estos países se han enfrentado a efectos secundarios indeseados, como por ejemplo niveles más
    elevados de trabajo no declarado y falsos trabajadores autónomos. En cuanto a la UE en su
    conjunto, los desplazamientos de trabajadores han sido bastante limitados. El próximo paso será la
    presentación del informe de la Comisión al Consejo.
     
    MERCADO INSTRUMENTOS FINANCIEROS: DIRECTIVA Y REGLAMENTO
     
    La Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha presentado al
    Parlamento Europeo y al Comité Europeo de Valores (CEVM) dos propuestas legislativas, una
    Directiva y un Reglamento, destinadas a poner en práctica los principios fundamentales de la
    Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MIF). Las medidas
    propuestas por la Comisión Europea son del llamado “nivel 2” (de aplicación) y son el resultado de
    un largo proceso de consultas con todas las partes implicadas a lo largo de los dos últimos años. La
    propuesta de directiva establece los aspectos relativos a las relaciones entre las empresas de
    inversión y sus clientes, a saber, la gestión de los conflictos de intereses, la obligación de ejecutar
    órdenes en las condiciones más ventajosas para el cliente etc. La propuesta de reglamento abarca
    aspectos relativos a la información sobre transacciones a las autoridades competentes y criterios de
    transparencia. El Parlamento Europeo tiene tres meses para examinar las propuestas de la Comisión
     
    Europea y formular, en su caso, observaciones, y el Comité Europeo de Valores emitirá su opinión.
    Una vez conocida la opinión del Comité Europeo de Valores, el Parlamento Europeo dispondrá de
    un mes más para comprobar que los límites fijados por la Directiva han sido respetados, antes de
    que las medidas sean adoptadas por la Comisión Europea
    en
    el verano de 2006.
     
    HACIA UN MERCADO ÚNICO DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN MÁS EFICAZ
     
    La Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea ha publicado un
    estudio realizado por el sector europeo de los fondos de inversión y demás partes interesadas en
    respuesta al Libro Verde aprobado en julio de 2005 sobre la mejora del marco de la Unión Europea
    para los fondos de inversión. El Libro Verde invitaba a las partes interesadas a formular sus
    propuestas al respecto, al objeto de reforzar la eficacia del mercado único de los fondos de
    inversión. Estas propuestas han sido acogidas favorablemente pues ayudarán a perfilar eficaces y
    adaptadas a los principales obstáculos que impiden un mercado único de fondos de inversión. Los
    resultados de esta consulta y los trabajos ulteriores serán incluidos en el Libro Blanco sobre Fondos
    de Inversión que la Comisión Europea tiene previsto publicar para el otoño 2006.
     
    DECISION INTEROPERABILIDAD SISTEMA FERROVIARIO
     
    La Decisión 2006/66/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2005, sobre la especificación
    técnica de interoperabilidad referente al subsistema material rodante­ruido del sistema ferroviario
    transeuropeo convencional ha sido objeto de publicaciùon en el DOUE (L 37/01, 8.2.2006).
     
     
     
    DERECHO AMBIENTAL
     
    INVESTIGACIÓN PAPEL CE DESARROLLO PUERTO INDUSTRIAL EN TENERIFE
     
    El Defensor del Pueblo Europeo, P. Nikiforos Diamandouros, ha iniciado una investigación para
    determinar si la Comisión Europea actuó en el marco de su autoridad legal al no incoar un
    procedimiento de infracción contra las autoridades españolas por su decisión de autorizar el
    desarrollo de un puerto industrial en Granadilla, en la isla de Tenerife (España). Según los
    reclamantes, la Comisión Europea ha concluido que la autorización de las autoridades españolas no
    vulneraría el derecho comunitario, ya que, a pesar del impacto ambiental negativo que este
    proyecto implica, no parecen existir alternativas al mismo. El Defensor del Pueblo ha recibido unas
    5000 reclamaciones sobre este asunto, el mayor envío masivo de reclamaciones hasta la fecha.. El
    Defensor del Pueblo decidió iniciar la investigación de oficio en razón del elevado número de
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    reclamaciones recibidas, que ponía de manifiesto la insatisfacción pública en este asunto. Todas las
    informaciones relativas a la investigación están disponibles en la página Web del Defensor del
    Pueblo, en la dirección siguiente: http://www.euro­ombudsman.eu.int/granadilla/es/default.htm
     
     
    LA COMISIÓN PIDE ACELERAR LA PRODUCCIÓN DE BIOCARBURANTES
     
    La Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea acaba de adoptar
    una estrategia comunitaria para los biocarburantes dotada de una serie de posibles medidas basadas
    en el mercado y de carácter legislativo e investigador para potenciar la producción de combustibles
    a partir de materias primas agrícolas. El documento, que viene a sumarse al plan de acción
    adoptado en diciembre de 2005, se fija tres metas principales: promover los biocarburantes tanto en
    la Unión Europea como en los países en desarrollo; preparar su uso a gran escala, mejorando su
    competitividad en cuanto al coste e incrementando la investigación sobre combustibles de
    «segunda generación» y apoyar a aquellos países en desarrollo en los que la producción de
    biocarburantes podría estimular el crecimiento económico sostenible. Extender su uso será
    sumamente beneficioso por reducir la dependencia de Europa de las importaciones de combustibles
    fósiles, aminorar las emisiones de gases de efecto invernadero, proporcionar nuevas salidas a los
    agricultores y abrir nuevas posibilidades económicas en varios países en desarrollo.
     
     
    LICITACIONES
     
    SÓCRATES
     
    Se ha publicado en el DOUE (C 32/12, 8.2.2006) la Convocatoria de propuestas — DG EAC
    n°EAC/65/05 — Convocatoria de propuestas 2006 para acciones generales de observación, análisis
    e innovación (Acciones 6.1.2 y 6.2 del programa Sócrates).
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
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    JURISPRUDENCIA
    DEL
    TRIBUNAL DE JUSTICIA
     
     
    CONVENIO LUGANO COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA COMUNIDAD EUROPEA
     
    El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha emitido un Dictamen 1/03 en el que
    considera que tanto las reglas de competencia como las relativas al reconocimiento y ejecución de
    las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil contenidas en el Convenio de Lugano
    relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y
    mercantil afectan a la normativa comunitaria aplicable a estas materias. El TJCE recuerda que
    cuando se han adoptado normas comunes, los Estados miembros no tienen facultad de contraer con
    Estados terceros obligaciones que afecten a dichas normas. Procede efectuar un análisis para
    comprobar si la UE dispone de competencia para celebrar un acuerdo internacional y si ésta es
    exclusiva. Deben tomarse en consideración el ámbito cubierto tanto por las normas comunitarias
    como por las disposiciones del acuerdo previsto, y la naturaleza y el contenido de estas normas y
    disposiciones, para asegurarse de que el acuerdo no perjudica a la aplicación uniforme y coherente
    de las normas comunitarias ni al buen funcionamiento del sistema. Asimismo declara que dichas
    normas de conflicto de jurisdicción
     
    establecen criterios de competencia de los tribunales tanto de
    los Estados terceros como de los Estados miembros y se refieren a materias reguladas por el
    Reglamento. Añade que dichas disposiciones afectan a la aplicación uniforme y coherente del
    Reglamento y al buen funcionamiento del sistema que éste establece. Por último, concluye que un
    acuerdo como el nuevo Convenio de Lugano podría afectar a dicho sistema. Este establece el
    principio según el cual las resoluciones dictadas en un Estado contratante serán reconocidas en los
    demás Estados. Este principio afecta a las normas comunitarias, dado que amplía el ámbito de
    aplicación del reconocimiento de resoluciones judiciales sin procedimiento. De los anteriores
    elementos resulta que el nuevo Convenio de Lugano afectaría a la aplicación uniforme y coherente
    de las normas comunitarias en relación tanto con la competencia judicial como con el
    reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y al buen funcionamiento del sistema global
    establecido por dichas normas.
     
    DAÑOS PRODUCTOS DEFECTUOSOS. PUESTA EN CIRCULACIÓN DEL PRODUCTO.
     
    El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Primera) ha dictado Sentencia de 9 de
    febrero de 2006 en el asunto C­127/04 (
    Decían O’ Byrne
    /
    Sanofi Pasteur MSD Ltd y Sanofi Pasteur
    SA
    ) que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial que se refiere a la interpretación del
    artículo 11 de la Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la
    aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados
    miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, en
    relación con la puesta en circulación por Sanofi Pasteur MSD Ltd y Sanofi Pasteur SA de una
    vacuna, supuestamente defectuosa, cuya administración le produjo graves lesiones. El TJCE
    declara que el artículo 11 de la Directiva 85/374/CEE debe interpretarse en el sentido de que un
    producto se pone en circulación cuando sale del proceso de fabricación establecido por el productor
    y entra en el proceso de comercialización quedando a disposición del público con el fin de ser
    utilizado o consumido. Asimismo, señala que, cuando se interpone una acción contra una empresa
    por considerar erróneamente que es la fabricante de un producto cuando la productora es, en
    realidad, otra empresa, corresponde, en principio, al Derecho nacional establecer los requisitos
    conforme a los cuales se puede producir una sustitución procesal de las partes en el marco de una
    acción de este tipo. El órgano jurisdiccional nacional que examina los requisitos a los que se
    supedita esta sustitución debe velar por el respeto del ámbito de aplicación
    ratione personae
    de la
    Directiva 85/374, tal como éste está determinado en sus artículos1 y 3.
     
    DELEGACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA
    EUROPA EN BREVE­ 13/02/06 – n°05
    Fax: (32 2) 280.18.95 – E­mail : bruselas@cgae.es
     
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    DELEGACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA
    EUROPA EN BREVE­ 13/02/06 – n°05
    Fax: (32 2) 280.18.95 – E­mail : bruselas@cgae.es
     
     
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    DIRECCIONES ÚTILES DE INTERNET
     
    Consejo General de la Abogacía Española: www.cgae.es
    Portal Genérico
    Europa:
    http://europa.eu.int/index­es.htm
     
    Principales Instituciones
    Parlamento Europeo:
    http://www.europarl.eu.int/home/default_es.htm
     
    Comisión Europea:
    http://europa.eu.int/comm/index_es.htm
     
    Oficinas de Representación en España:
    http://europa.eu.int/spain/
    Consejo de la UE:
    http://ue.eu.int/es/summ.htm
     
    Comité Económico y Social:
    http://www.ces.eu.int/
     
    Tribunal de Justicia de las Comunidades:
      
    http://curia.eu.int/es/index.htm
    Defensor del Pueblo Europeo:
    http://www.euro­ombudsman.eu.int/
     
    Tribunal de Cuentas Europeo
    http://www.eca.eu.int/
     
    Comité de las Regiones:
    http://www.cor.eu.int/es/index.htm
     
    Banco Europeo de Inversiones
    http://www.bei.org/
     
    Banco Central Europeo
    http://www.ecb.int/
     
    Representación permanente de España ante la UE:
    http://www.es­ue.org
     
     
    Servicios sobre Derecho Comunitario
     
    EURLEX:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/es/index.htm
     
    Oficina de Publicaciones Oficiales de la Comunidad Europea
    :
    http://publications.eu.int/index_es.html
    CELEX
    http://europa.eu.int/celex/
     
    DOUE:
    http://europa.eu.int/eur­lex/lex/JOIndex.do?ihmlang=es
     
    SCAD PLUS:
    http://europa.eu.int/scadplus/scad_es.htm
     
    Tratados Consolidados:
    http://europa.eu.int/abc/obj/treaties/es/estoc.htm
     
    Contactos Comisión y Anuario Funcionarios
    :
    http://europa.eu.int/comm/contact/members_es.htm
     
    Información sobre licitaciones públicas:
    General:
    http://publications.eu.int/general/tenders_es.html
    Diario Oficial Serie S:
    http://ted.publications.eu.int/official/
     
    Otras organizaciones profesionales europeas:
    Consejo de la Abogacía Europea (CCBE):
    http://www.ccbe.org
      
    Federación de Colegios de Abogados de Europa (FBE):
    http://www.fbe.org/
      
     
     
    Este boletín lo realiza la
    Delegación en Bruselas del Consejo General de la Abogacía Española
    :
    Julen Fernández Conte (Delegado), Constanza Anchústegui Resusta (Letrada­ en baja por
    maternidad) y Gisela Morante Millán (Letrada en Prácticas) (
    bruselas@cgae.es
    ) en colaboración
    con los boletines de:
     
    ­
     
    la Délégation des Barreaux de France (Europe en Bref,
     
    email:
    dbf@dbfbruxelles.com
    )
    ­
     
    la Deutscher Anwaltverein (Europa im Uberblick, email:
    bruessel@anwaltverein.de
    )
    ­
     
    la Law Society de Inglaterra y Gales (Brussels Agenda, email:
    Brussels@lawsociety.org.uk
    )
     
    Para obtener una versión del boletín en
    francés,
     
    alemán o inglés
    puede dirigirse por correo electrónico
    a sus direcciones.
     
    Quedamos a su entera disposición para resolver cualquier duda y agradecemos todas las
    colaboraciones, con el fin de mejorar el formato o contenidos de la presente edición.
    Diseño: Raúl García López
     

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