POSIBILIDAD DE RECURRIR LA INCLUSION EN LA LISTA DE LA UE DE ORGANIZACIONES TERRORISTAS En casación y mediante sentencia de 18 de enero de 2007 ((asunto C-229/05 P), el TJCE ha anulado el auto del Tribunal de Primera Instancia de la UE en la medida en que declaró la inadmisibilidad del recurso del Sr.
Ocalan en nombre del PKK (Partido de los Trabajadores del Kurdistán) tras alegar que el propio el Sr.
Ocalan había declarado que el PKK ya no existía.
CONVENIO PARA REALIZAR OBRA DEBE SEGUIR NORMAS COMUNITARIAS ADJUDICACIÓN CONTRATOS El TJCE ha dictado sentencia en el asunto C-220/ 05 Jean Auroux y otros,Y Commune de Roanne señalando que un convenio mediante el cual una primera entidad ...
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